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Agrazal: Proyecto de ley sobre castración química será ampliamente discutido

Explicó que el proyecto de ley va a tener 3 amplios debates, y advirtió que no permitirá que esta ley se utilice políticamente

Redacción / G.E./ Crítica

Panamá-  La diputada Fátima Agrazal proponente del proyecto de ley sobre castración química es obligatoria para abusadores de menores en Panamá.

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Agrazal manifestó que “esta iniciativa no está escrita en piedra y en su camino se puede modificar, lo que está mal se va a cambiar”.


Explicó  que el proyecto de ley va a tener 3 amplios debates, y advirtió que no permitirá que esta ley se utilice políticamente.... Esto no se trata de una ley política, lo propone una madre de dos niñas que se encuentra muy preocupada por el futuro del país”.


"Esta ley debe poner un alto al escandaloso incremento de depredadores sexuales que sin temor a la ley abusan de niños robándole la vida, dejando fantasmas en nuestra sociedad que claman a gritos medidas más severas para estos asesinos de niños y niñas", sostuvo la diputada.

Más sobre la iniciativa


La castración química es un tratamiento médico mediante el cual se le suministra a un individuo de manera regular, en este caso un violador o abusador sexual, ciertos medicamentos o sustancias químicas destinados a inhibir el deseo sexual.

La iniciativa modifica el artículo 175 del Código Penal para establecer que en caso de sentencia condenatoria en cualquiera de los delitos de violación de la libertad sexual previstos en los artículos 174 y 175 del Código Penal, el juez podrá imponer adicionalmente la medida de castración química, debiendo solicitar un informe médico, siempre y cuando el delito se haya en perjuicio de un menor de 10 años de edad.

Si la persona es reincidente o habitual, la medida de castración química será obligatoria.

La propuesta también establece la creación del registro de violadores y abusadores de menores de edad, donde se crea el Registro de Personas Condenadas por Delitos Contra la Libertad e Integridad Sexual.

Este registro con una base de datos a cargo del Órgano Judicial deberá contener la información del nombre completo de la persona condenada, edad, número de cédula, fotografía del rostro tipo carnet, domicilio, pena impuesta y reemplazo de pena si fuere necesario.

También se propone que los condenados por delitos relacionados contra la libertad sexual, puedan recibir tratamiento terapéutico por especialistas idóneos.

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