CSS reporta más de 1.800 querellas por retención de cuotas

Las querellas se encuentran en diferentes instancias a nivel de Fiscalías y Juzgados Municipales o de Circuito de Panamá, Panamá Oeste y San Miguelito, señaló en un boletín de prensa de la entidad social.
CSS reporta más de 1.800 querellas por retención de cuotas

CSS reporta más de 1.800 querellas por retención de cuotas

Por: Panamá, ACAN-EFE -

La Caja de Seguro Social (CSS) de Panamá informó hoy que mantiene 1.831 querellas penales por retención indebida de las cuotas empleado-empleador, que suponen un importe de 62,8 millones de dólares.

Las querellas se encuentran en diferentes instancias a nivel de Fiscalías y Juzgados Municipales o de Circuito de Panamá, Panamá Oeste y San Miguelito, señaló en un boletín de prensa de la entidad social.

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 La supervisora de la Unidad de Denuncias y Sanciones de la Dirección Ejecutiva Nacional de Legal de la institución, María Muñoz, recordó que las acciones legales contra el delito de retención de la cuota están tipificadas en el artículo 90 de la Ley Orgánica de la CSS y en el artículo 241 del Código Penal.

 "La Ley 51 (de la CSS) indica que los empleadores, al pagar el salario o sueldo a sus empleados, estarán obligados a deducir las cuotas que estos deban satisfacer de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y, junto con el aporte del empleador, a entregar a la Caja de Seguro Social el monto de estas", indicó la abogada.

Asimismo, recordó que junto a este aporte, es deber entregar los impuestos nacionales deducidos y retenidos a los empleados dentro del mes siguiente al que correspondan, según las fechas que se establezcan en el reglamento que dicte la Junta Directiva de la entidad.

El Código Penal establece que el director, dignatario, gerente, administrador, representante legal, empleado o trabajador de una empresa que, en el término de tres meses, luego de que surja la obligación de pagar, retenga y no remita las referidas cuotas a la CSS -y que superen la suma de 1.000 dólares- serán sancionados con prisión de dos a cuatro años.

"Igual sanción se aplicará a los empleadores o a sus representantes y demás sujetos obligados que, mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid, evadan o de cualquier forma impidan la afiliación al Seguro Social de las personas obligadas a afiliarse", destaca el pronunciamiento oficial.

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