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Ley de cabotaje “acabará” distorsiones del mercado marítimo nacional

La aprobación en tercer debate del proyecto de Ley 598 que se regula el Cabotaje y el Comercio Interior en Panamá, ha dejado en evidencia los intereses económicos de un “escaso grupo de individuos panameños” que defienden las ventajas competitivas que actualmente tienen las empresas extranjeras, quienes se han aprovechado de las distorsiones históricas del mercado marítimo nacional para su beneficio, afirmó el asesor legal de la Asociación de Armadores Panameños, Juan Felipe Pitty.

El jurista denunció que este grupo de empresas que aseguran que “gastan y traen inversión al país”, disfrutan de un esquema que les exime de pagar impuestos en Panamá, de emplear colaboradores panameños, y les permite que los réditos de esas supuestas inversiones se fuguen de las aguas nacionales, quedando el Estado Panameño, sin recibir un solo centavo, ni beneficio y provocando el estancamiento de toda una industria.

¿Cuáles son esas ventajas competitivas de las que gozan las empresas extranjeras en Panamá?

Las empresas marítimas extranjeras traen sus buques a realizar trabajos de distinta índole en aguas panameñas y se aprovechan del tráfico de buques, el mismo tráfico aumentado que fue prometido durante el evento de la ampliación del Canal de Panamá que beneficiaría a los panameños, situación que las estadísticas más optimistas, desmienten inmisericordemente. “Panamá vive de espaldas al mar”, pues sus beneficios son gozados casi con exclusividad por extranjeros, mientras que la industria marítima auxiliar panameña debe competir, a contrario sensu, pagando impuestos, planillas, salarios, seguro social, violentándose en las mismas aguas que las vieron nacer a ellos y sus colaboradores.

¿Algunos juristas han señalado que esta ley afectará la inversión extranjera al establecer que las embarcaciones o empresas deberán tener un 75% de accionistas o miembros panameños?

Esta es una medida parecida a la tomada en la materia por países como Chile, Estados Unidos y los países miembros de la Unión Europea, todas potencias marítimas. En ese sentido, es importante destacar que muchos de estos países reservan el 100% de la actividad para los nacionales, aquí solo se ha establecido un 75%, a lo que apelamos es al principio esencial del libre mercado: La igualdad de condiciones en la competencia comercial, ya que esos países tienen además otras restricciones que les impiden a los panameños hacer cabotaje en sus aguas.

¿Esta norma no estaría contradiciendo esos principios de libre mercado?

Lo ocurrido en la industria marítima auxiliar panameña, no es libre mercado. Es natural que los escasos individuos panameños que se benefician de la toma de las aguas panameñas por unas cuantas empresas van a tratar de argumentar, precisamente infracciones al mismo libre mercado, ya violentado por el actuar de sus clientes y mecenas. Es disonante que se pretenda recurrir a los acuerdos comerciales bilaterales para intentar justificar que es correcto que nacionales de un país desarrollado vengan a extraer los recursos y posibilidades de una nación como la panameña, procurando pingues ingresos, mientras que las industrias afines locales se deterioran y se arriesgan a la desaparición, pues en la práctica resulta imposible para los panameños tener igualdad de condiciones funcionando de la misma manera en aquellos mismos países.

¿Afectará esta ley la competitividad del país al regular la participación extranjera?

La competitividad no es una genuflexión y no presupone el dominio de los extranjeros por encima de los nacionales, pero siempre habrá un Bunau-Varilla. Lo que ha dejado claro este debate es una cruda realidad: La industria marítima panameña no pertenece a Panamá. Siempre habrá los que creían que el canal debía seguir siendo manejando los americanos o cualquier otro país menos por Panamá, hasta hace poco. Siempre habrá y hay los que usan palabras iguales al vocablo competitividad para argumentar que Panamá no debía operar el Canal, pero para tragedia de ellos y regocijo de los panameños, nosotros hemos demostrado un éxito absoluto en el manejo del canal interoceánico. ¿Entonces porque existe duda alguna de nuestra capacidad de ser la potencia marítima qué Dios nos privilegió al darnos esta posición geográfica?

¿Cuáles son los beneficios que esta ley traerá al país?

Esta es una ley de cabotaje inclusiva de medidas de corrección de las distorsiones históricas que han sobrevivido en la industria marítima auxiliar, provocando su estancamiento para todo el país, lo que permitirá que Panamá se convierta en una verdadera potencia marítima, ya no sólo de manera reputacional, sino también sustancial en cuanto al respeto a los intereses marítimos de esta República. Además, aumenta la facultad de inspectoría de la Autoridad Marítima de Panamá a los diferentes tipos de embarcaciones, establece un procedimiento para la atención a las especies náufragas, así como varias medidas tendientes a operativizar la Estrategia Marítima Nacional, la cual, al día de hoy, ha sido un tema abstracto en el panameño común. Aunado a ello protege la mano de obra panameña y promueve la empleomanía al establecer que un 90% de la tripulación deberán ser nacionales panameños.

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