Magistrados le tiran salvavidas a Varela

Con las recientes reformas se prohíben claramente las triangulaciones. Los depósitos deben ser cheque o efectivos directos de sus donantes para establecer identidad del donante.
El Tribunal Electoral alega que ha cumplido todos los requerimientos de información del Ministerio Público y el Órgano Judicial.

El Tribunal Electoral alega que ha cumplido todos los requerimientos de información del Ministerio Público y el Órgano Judicial.

Por: Redacción / Web -

Los magistrados del Tribunal Electoral le tiraron un salvavidas al mandatario Juan Carlos Varela, en cuanto a la comisión de un delito electoral por recibir triangulaciones de Odebrecht.

En una conferencia de prensa, el magistrado Eduardo Valdés Escofery dijo que no es hasta la reciente Ley 29, que se prohíben las triangulaciones.

La campaña de Varela recibió donaciones de Odebrecht a través de triangulaciones del excónsul Jaime Lasso y una empresa del actual gerente de Tocumen, S.A., Carlos Duboy.

Con las recientes reformas se prohíben claramente las triangulaciones. Los depósitos deben ser cheque o efectivos directos de sus donantes para establecer identidad del donante; no se pueden hacer triangulaciones, advirtió Eduardo Valdés.

Valdés Escofery reiteró que esa norma no aplicaba en las elecciones pasadas, donde solo era necesario una declaración jurada.

El magistrado también le tiró otro salvavidas a Varela, cuando se le preguntó si una multinacional como Odebrecht podía hacer donaciones a campañas políticas en Panamá.

“Tiene que ser una empresa residente en Panamá u operando en Panamá, el cheque debe venir empresas operando a Panamá, porque los  aportes de empresa jurídicas extranjeras están prohibidas”, sostuvo el funcionario.

Los magistrados también informaron que ellos no pueden hacer públicas las donaciones recibidas por los diversos candidatos a elección popular que participaron en la última campaña política, porque el Código Electoral no lo permitía en esa época.

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El magistrado Heriberto Araúz agregó que las reformas al Código Electoral, establecidas a través de la Ley 29 de 2017, donde se busca dar transparencia en materia de donaciones a la campaña, no tienen efecto retroactivo.

El Tribunal Electoral alega que ha cumplido todos los requerimientos de información del Ministerio Público y el Órgano Judicial.

Sobre las violaciones a la Ley Electoral o el uso ilegítimo de recursos públicos, recordaron que la Fiscalía General Electoral tiene competencia para iniciar investigaciones de oficio.

 

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