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'Nito' sanciona ley modificada de los Bomberos

El numeral 7 del artículo 12 quedó de las siguiente forma: "Autorizar al director general para efectuar gastos adicionales con fondos sujetos al fideicomiso, para solucionar situaciones excepcionales...".

Panamá- La Ley 394 de 30 del agosto de 2023 que modifica y adiciona varios artículos a la Ley 10 de 2010, que creó el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá (BCBRP), fue sancionada por el presidente, Laurentino 'Nito' Cortizo.

El numeral 7 del artículo 12 quedó de las siguiente forma: "Autorizar al director general para efectuar gastos adicionales con fondos sujetos al fideicomiso, para solucionar situaciones excepcionales, para lo cual se deberá presentar un informe y solicitar al Ejecutivo los créditos adicionales, si fuera necesario".

En tanto el modificado numeral 19 del artículo 12, ahora señala el Patronato, en calidad de fideicomitente autoriza la director general a crear un fideicomiso y aprobará el uso de sus fondos, tanto de capital como de intereses que se generen. Igualmente, podrá autorizar al director general para que los fondos provenientes de capital, así como los intereses, se puedan destinar para garantizar el pago de obligaciones de crédito autorizadas por el Patronato. La fuente de repago de dichas obligaciones de crédito deberá provenir del rendimiento de los fondos fideicomitidos y no podrá provenir del capital del fideicomiso.

Por su parte, el modoficado artículo 30, sustenta que los fondos del fideicomiso se utilizarán para capacitaciones, compras, mantenimiento de equipos y uniformes utilizados en las operaciones de bomberos para combatir y controlar incendios y actividades conexas, así como toda clase de vehículos de extinción de incendios, de trabajo y de rescate, como ambulancias, lanchas, helicópteros, drones y similares, empleados en la atención de emergencias.

En este mismo artículo se comtempla que el uso de los fondos del fideicomiso para cubrir el déficit que se genere en gastos de funcionamiento como combustible, alimentación, seguros contratados directamente por la institución y repuestos para los equipos rodantes y cualquier otro gasto inherente y que resulte indispensable para el desempeño del BCBRP.

De acuerdo con la norma sancionada, estos fondos podrán ser utilizados, hasta por un monto del 20% de la suma de los recursos financieros, provenientes de todos los impuestos establecidos en el artículo 63 de la Ley 12 de 2012, así como los fondos de las tasas que cobre la institución por la prestación de servicios de prevención, seguridad e investigación de incendios.

La ley incluye un parágrafo transitorio que regulará los ascensos para los miembros activos remunerados que ingresaron a la institución desde 1998 hasta el 2018 y que no hayan recibido los ascensos correspondientes entre el 2010 y el 2020.

La iniciativa también autoriza al director general a delegar en los directores nacionales o en otros servidores públicos de la institución las funciones inherentes a su cargo, y crea la jurisdicción coactiva para el cobro de las obligaciones morosas que existan a favor de la institución.

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El presidente Laurentino Cortizo sancionó la Ley 394 de 30 de agosto de 2023 que modifica y adiciona artículos a la Ley 10 de 2010 que crea el BCBRP, que permitirá dotar a la institución de las herramientas necesarias para brindar un servicio eficiente y efectivo a la población. pic.twitter.com/wFyjcbH1K4 — Bomberos De Panamá (@BCBRP) August 31, 2023

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