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Que no le 'dañen' el paseo, conozca ¿qué permisos debe llevar?

El Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc) seguirá aplicando el Decreto Ejecutivo 830 de 31 de diciembre de 2009, que reglamenta las actividades de excursiones o paseos a playas, ríos y balnearios en todo el territorio panameño.

El primer fin de semana del 2024 se espera la afluencia de familias panameñas se dirijan a las playas, ríos y balnearios como es parte de la tradición con el inicio de la temporada de verano .


A pesar de que todos los años ocurre lo mismo, hay un tema que muchos olvidan y es que para ingresar a ciertas playas y sitios turísticos hay reglas, sobre todo si son paseos multitudinarios.

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El Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc) seguirá aplicando el Decreto Ejecutivo 830 de 31 de diciembre de 2009, que reglamenta las actividades de excursiones o paseos a playas, ríos y balnearios en todo el territorio panameño.


Sigue vigente que todo transportista o conductor de transporte público de pasajeros o promotor que efectúe actividades con fines recreativos deberá solicitar, previamente, a la alcaldía municipal del lugar de destino, la autorización respectiva.  


Además de las normas municipales, se atenderán criterios como la disponibilidad de cupos para buses grandes y chicos, de estacionamientos y la capacidad física de los sitios a visitar. Es importante que cada organizador del paseo lleve una persona que sepa de primeros auxilios.


Por parte de la Alcaldía de Panamá se exige los siguientes requisitos:


Requisitos
-Formulario para paseo y excursiones.
-Paz y Salvo del conductor y del propietario del certificado de operación emitido por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.
-Visto bueno técnico del transporte público, emitido por la Autoridad de Tránsito de Transporte Terrestre.
-Fotocopia del certificado de operación y del Registro Único Vehicular.
- Fotocopia de la cédula de identidad personal del propietario del certificado de operación.
- Fotocopia de la cédula de identidad personal y de la licencia de conducir del conductor del vehículo.
- Fotocopia de la cédula de identidad personal del promotor del paseo o excursión.
- Listado de pasajeros (nombres completos) y fotocopia de sus cédulas de identidad personal.
- Fotocopia de la póliza de seguro.
- Autorización suscrita por los padres de los menores.
- Copia del certificado de idoneidad o licencia profesional de salvamento acuático que prestará sus servicios en el paseo o excursión.


Aplica para toda comunidad que quiera realizar un paseo a algún lugar turístico o de recreación; o un retiro espiritual dentro del distrito capital.
Contribuyente:
-Presentar el formulario de solicitud de permiso junto con toda la documentación requerida.
- Pagar el permiso.
- Cumplir con la normativa de seguridad para los paseos o retiros espirituales.

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