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TE recula y ahora rechaza reformas aprobadas en la Asamblea

El Tribunal Electoral -luego de alegar que la Asamblea Nacional respetó el 85% del proyecto de reformas al Código Electoral- ayer anunció su decisión de rechazar el proyecto 544 y solicitará al Ejecutivo que lo objete por razones de inexequibilidad (inconstitucional) y/o de inconveniencia; y, por el otro, ejercerá demandas de inconstitucionalidad.

Los magistrados alegan que si bien el proyecto aprobado por 50 votos a favor y 3 en contra, representa avances en varias materias, ha impedido la corrección de aspectos fundamentales del sistema electoral que son indispensables para el fortalecimiento de la democracia, por lo que se produciría, de ser sancionado, un preocupante estancamiento, de espaldas al clamor ciudadano.

Entre las correcciones que reclaman está la asignación de curules por residuo en los circuitos plurinominales, que la misma regla que rigió para los últimos comicios bajo el gobierno varelista.

Ahora se alega que el proyecto 544 propuso un sistema que cumple a plena cabalidad con el mandato constitucional de garantizar el principio de representación proporcional, y esta propuesta fue eliminada, lo que es inconveniente para el país. La Asamblea Nacional decidió mantener la fórmula vigente en el Código Electoral que no cumple con ese mandado constitucional, desde que se inició la nueva era democrática, reconocen los magistrados.

Además, advierten que esta norma recién ha sido demandada ante la Corte Suprema de Justicia por inconstitucional, y el Tribunal Electoral ejercerá su propia acción judicial en ese sentido.

Otro aspecto que cuestionan es la eliminación de la válvula de escape que permite que los partidos políticos no cumplan, real y efectivamente, con el derecho de la participación política de la mujer, en condiciones de igualdad, concretamente, en la oferta electoral, cuando la secretaría femenina del partido comprueba que no se ha podido cumplir con la paridad. A ese efecto, se modificó la propuesta del proyecto 544 en detrimento de derechos constitucionales que garantizan la igualdad ante la ley entre los géneros.

La inequidad en la distribución del financiamiento público preelectoral entre los partidos políticos y los candidatos por libre postulación. A este efecto, se modificó la propuesta del proyecto 544 de elevar de 3.5% al 15%, impidiendo cumplir a cabalidad con el mandato constitucional sobre la materia que exige que la ley asegure la igualdad de erogaciones entre los partidos y los candidatos.

También se cuestiona que se incluyó a última hora, una norma en la que se concede una amnistía a los candidatos multados por haber incumplido con la entrega de los informes de rendición de cuentas sobre sus ingresos y gastos de campaña financiados con recursos privados. En nuestra opinión, la Asamblea Nacional no solamente carece de competencia para conceder este tipo de amnistía sino solamente por delitos políticos, sino que establece un precedente funesto que hará ilusoria las sanciones previstas en el Código Electoral, y, por lo tanto, promueve el incumplimiento de las normas de rendición de cuentas y transparencia.

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