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Varela quiere que lo excluyan del caso Odebrecht

Redacción / Crítica Impreso

El exmandatario de Panamá, Juan Carlos Varela busca que se le anulen los cargos por lavado de dinero procedente de los fondos de Odebrecht y que se dejen sin efectos las medidas cautelares de país por cárcel, el reportarse en la Fiscalía Anticorrupción los días 30 de cada mes, pero sobre todo que se le excluya del expediente por las coimas pagadas por la constructora brasileña.

A través del abogado y exfiscal Orison Plinio Cogley Monterrey, el expresidente presentó ante la Corte Suprema de Justicia un amparo de garantías constitucionales contra las decisiones adoptadas el 30 de junio de 2020 por la fiscal Ruth Morcillo.

El amparo de garantías fue repartido a la Magistrada Maribel Cornejo Batista, y se busca que una vez sea admitida y luego concedida, se revoque la formulación de cargos y tácitamente quede sin efectos las medidas cautelares personales ordenadas en su contra.

En la práctica, Varela busca quedar fuera del expediente Odebrecht, donde existen declaraciones que le atribuyen la presunta recepción de $10.7 millones de los brasileños. El exgobernante acudió ayer a la Fiscalía para su notificación periódica.

La defensa de Varela alega que la Fiscalía Anticorrupción, como parte de la jurisdicción ordinaria, no es la autoridad competente para formularle cargos e indagar al expresidente, sino que es la jurisdicción electoral, por tratarse de una investigación que rodea la recepción de donaciones políticas por candidatos a puestos de elección popular, durante los períodos de campañas políticas.

En su argumento hacen referencias disposiciones de la Constitución y al Código Electoral, así como en las manifestaciones de su primo, el cónsul Jaime Lasso, también imputado por lavado de dinero; y los testimonios de Jean Carlo Del Cid (Director Nacional de Fiscalización de Financiamiento Político del Tribunal Electoral) y de Yara Campos (Directora Ejecutiva del Tribunal Electoral y designada por Varela magistrada suplente).

Sin embargo, durante la gestión de Varela y estando Kenia Porcell al frente de la Procuraduría, al excandidato presidencial José Domingo Arias, por la recepción de donaciones durante el período de campaña política, se le indagó y ordenó su detención preventiva, que fue ejecutada bajandolo físicamente de un avión a punto de despegar y exhibido públicamente, siendo luego declarada ilegal ese arresto por el pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Otro asunto que resalta del amparo de garantías constitucionales, es que se fundamenta en los testimonios de dos altos funcionarios del Tribunal Electoral, cuyas declaraciones juradas fueron recibidas por la Fiscalía Anticorrupción, en atención a lo dispuesto en el artículo 2099 del Código Judicial, que ordena que el funcionario de instrucción cuidará de hacer constar todo lo que favorezca o le sea adversa a los indagados, pero esa disposición no era aplicada por los Fiscales entre el 1 de enero de 2015 y el 1 de enero de 2020, durante la administración del ex Presidente Varela y la ahora ex Procuradora Kenia Isolda Porcel Díaz.

A una fuente forense también llamó la atención que el expresidente, ni siquiera intentó presentar un incidente de controversia contra la resolución que ordenó indagarlo, tal como lo establece el artículo 1993 del Código Judicial, sino que ha esperado casi 3 meses para atacar -mediante amparo- la decisión del Ministerio Público de formularle cargos y convertirlo en imputado.

A juicio de especialistas en la materia, lo que se pretende es que la Corte Suprema de Justicia, en sede de constitucionalidad, bajo la excusa que se está violando el debido proceso, adopte una decisión que debe ser ensayada ante el Juzgado Décimo Segundo Penal de Panamá, por ser una controversia entre lo decidido por la Fiscalía y lo que pretende la defensa, que debe ser dirimida por un Juez.

Ya la Corte Suprema de Justicia se ha manifestado al respecto en innumerables ocasiones, y eso es de manejo cotidiano de los que operan el sistema procesal penal inquisitivo mixto escrito y el penal acusatorio adversarial oral.

Ya repartido el amparo, la magistrada Cornejo deberá decidir si lo admite o no. De admitirlo, lo haría en Sala Unitaria, es decir, ella sola, sin el concierto de los demás integrantes del pleno de la Corte. Como el expresidente Varela Rodríguez ya fue indagado, no hay necesidad de ordenar la suspensión de la orden; las medidas cautelares personales se mantendrían, no habría motivo para suspenderlas, pues no fueron atacadas en el amparo de garantías constitucionales.

En cambio, si la Magistrada Cornejo decide no admitir el amparo de garantías, deberá lograr el consenso del resto del pleno de la Corte o de al menos 5 de sus homólogos, y ello supone un tiempo que difícilmente sería antes de fiestas patrias.

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