Las personas que tramiten un permiso para portar armas de fuego debe presentar, como requisitos obligatorios, un certificado con sus antecedentes penales, una prueba antidopaje y certificado de ADN, además de comprobar la participación en un seminario teórico-práctico sobre el manejo de armas.
Los comisionados de Gobierno de la Asamblea recibieron esta semana el informe de la subcomisión, que analizó por más de cinco meses. La propuesta es una recomendación del ministro de Gobierno y Justicia, Daniel Delgado Diamante.
Entre los aspectos relevantes, el proyecto de ley mantiene restricciones en el uso de armas de fuego para aquellas personas que tengan discapacidad física o mental, para los menores de 25 años. Se crea el Registro Nacional de Armas de Fuego y Explosivos como parte del departamento institucional del Ministerio de Gobierno.
Las empresas dedicadas a la prestación de servicios de seguridad privada, sólo podrán contratar personas que cumplan los requisitos establecidos por la ley para portar armas.