Aprueban derecho al olvido para sobrevivientes de cáncer
La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate, con 41 votos a favor, ninguno en contra y cero abstenciones, el proyecto de Ley 350, que establece en Panamá el derecho al olvido oncológico y dicta otras disposiciones.
La iniciativa busca evitar que las personas que hayan superado una enfermedad oncológica sean discriminadas al momento de acceder a seguros, servicios bancarios y productos crediticios.
El proyecto establece que, una vez cumplido el periodo requerido sin recaída y acreditada la recuperación mediante certificación médica, la persona podrá acogerse al derecho a no declarar su antecedente oncológico y a que este no sea utilizado para imponerle condiciones más onerosas, exclusiones o restricciones.
El texto aprobado contempla un periodo general de cinco años desde la finalización del tratamiento sin recaída. Sin embargo, incorpora una tabla de referencia que permite aplicar plazos específicos, incluso menores a cinco años, dependiendo del tipo y las características de la patología oncológica.
La certificación médica será emitida por un comité creado por las Sociedades de Oncología y Hematología de Panamá, integrado por especialistas según corresponda. El documento deberá acreditar la finalización del tratamiento, la ausencia de recaída y el periodo aplicable para ejercer el derecho al olvido oncológico.
Además, el proyecto establece que serán nulas las cláusulas o condiciones que, cumplido el periodo establecido sin recaída, impongan aumentos de primas, exclusiones, restricciones o cualquier otra forma de discriminación por haber padecido cáncer.
La propuesta fue presentada originalmente por el diputado Jorge Bloise como Anteproyecto de Ley 123.
Con la aprobación en tercer debate, el proyecto queda pendiente de los siguientes trámites constitucionales antes de convertirse en ley de la República.
