Entérese aquí en qué estaciones puede comprar combustible a $3.95

La Attt divulgó el listado, con la ubicación exacta de las estaciones de combustibles habilitadas para que los transportistas pueden hacer efectiva la compra de combustible en $3.95 por galón, es decir a $1.043 el litro, por tres meses.
Dentro de unos días se añadirán más estaciones de combustible a la lista. Imagen Ilustrativa: Pixabay

Dentro de unos días se añadirán más estaciones de combustible a la lista. Imagen Ilustrativa: Pixabay

Por: Redacción / Web -

Panamá- Desde las 8:00 de la mañana de este viernes, 3 de junio, dará inicio a la distribución de combustible para el transporte terrestre público de pasajeros colectivo, selectivo, colegial y SET, según lo establecido en el Decreto Ejecutivo No.13 del 27 de mayo de 2022, en las estaciones de combustible Terpel.

Para tal fin, la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Attt), divulgó a través de sus redes sociales el listado, con la ubicación exacta de las estaciones de combustibles habilitadas para que los transportistas pueden hacer efectiva la compra de combustible en $3.95 por galón, es decir a $1.043 el litro, por tres meses.

A la hora de que el transportista vaya a hacer uso de este beneficio debe contar con la placa de transporte y la placa particular, a la vez debe presentarse al personal de la estación de combustible su cédula de identidad personal.

Según lo establecido en dicho decreto, a partir del 3 de junio de 2022, las estaciones de servicio facturarán a los titulares de certificados de operación del transporte terrestre público de pasajeros -colectivo y selectivo-, a excepción del Metro Bus, el precio máximo de venta por galón de combustible, pero solo cobrarán al conductor el precio solidario de $3.95.

También quedó establecido que cuando el precio máximo de venta al público de la gasolina de 91 y de 95 octanos y el diesel bajo azufre, supere el precio solidario, el Estado asumirá la diferencia u otorgará un vale digital de combustible, a favor de los beneficiarios definidos en la Resolución de Gabinete No. 60 de 19 de mayo de 2022, en los momentos y a través de las modalidades que se establecen en este Decreto Ejecutivo.

Las estaciones de servicio presentarán la diferencia entre el monto facturado y el efectivamente cobrado a los beneficiarios, como crédito a las empresas importadoras-distribuidoras de combustibles para sus pedidos de combustible, las cuales la presentarán para su cobro ante la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Attt).

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