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Extienden amnistía tributaria hasta diciembre

El gobierno estableció ayer una extensión en las condiciones de amnistía tributaria para que los contribuyentes morosos puedan cancelar impuestos pendientes, con una reducción de hasta 85% en los recargos, intereses y multas.

Esto a través de la publicación en Gaceta Oficial de la Ley No. 160 del 1 de septiembre de 2020, "Que modifica la Ley 9 de 2019, relativa a la amnistía tributaria para el pago de tributos y al Código de Procedimiento Tributario, y dicta otras disposiciones".

Con esta norma, el periodo de amnistía se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2020.

Podrán acogerse a la amnistía los contribuyentes, personas naturales y jurídicas, y los bienes inmuebles causados y morosos de pago de impuestos, tasas y contribuciones especiales al 29 de febrero de 2020.

Esto implica a quienes estén en mora, incluidos aquellos contribuyentes con arreglos de pago a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, tanto en cobranza administrativa como en el cobro coactivo, sin perjuicio de las medidas cautelares que se hayan adoptado.

También cubre a los contribuyentes, agentes retenedores y demás personas responsables de tributos, y a los contribuyentes con procesos pendientes por liquidaciones adicionales, gravámenes de oficio o cualquier otro requerimiento de pago de la DGI, previo desistimiento de la acción o recurso para el pago de la obligación.

Si el pago se realiza antes del 31 de diciembre de 2020, se condonará hasta el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.

El contribuyente en condición de morosidad y los que al momento de acogerse a esta ley hubiesen acordado arreglo de pago, podrán desistir de este, y en ambos casos suscribirán un nuevo convenio de pago, siempre y cuando abonen el 25% del impuesto nominal adeudado.

Si el convenio de pago se realiza antes del 31 de diciembre de 2020, se condonará hasta el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.

Los arreglos de pago con límite al 31 de diciembre de 2020 deberán ser cancelados en su totalidad hasta el 30 de abril de 2021.

La ley faculta a la DGI a colaborar con los bancos a fin de que estos consideren otorgar facilidades crediticias a los contribuyentes para el pago de sus impuestos.

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