Nacional

Listado de empresas que podrá movilizarse durante toque de queda y cuarentena

Los trabajadores que pertenecen a la industria agroalimentaria y logística, además de todos los relacionados a la seguridad.

A partir de hoy y hasta el 4 de enero se establece un toque de queda de queda y ley seca de 7:00 p.m. a 5:00 a.m, en todo el país a fin de disminuir el número de casos de Covid-19.

Durante la aplicación de las medidas de restricción solo podrán movilizarse personas naturales y empresas que porten una carta o certificación emitida por la empresa y gafete.

El Ministerio de la Presidencia divulgó un listado de las empresas que podrán movilizarse, siempre y cuando se cumpla con los requisitos:

-Las empresas y personas naturales dedicadas al servicio de entregas a domicilio de víveres, medicamentos y alimentos preparados por cocinas de restaurantes que brindan servicio a domicilio, así como aquellas que presten servicios a entidades públicas, podrán transitar.

-Los trabajadores que pertenecen a la industria agroalimentaria y logística, además de  todos los relacionados a la seguridad.

- Trabajadores de empresas de distribución y transporte de combustible y las de mantenimiento y distribución de insumos médicos.

- Personal médico y estamentos de la fuerza pública.

- Las compañías de energía eléctrica y telecomunicaciones, así como el personal de la Autoridad del Canal de Panamá, igualmente, podrán circular.

El transporte público, en tanto, brindará el servicio a los colaboradores de las empresas y funcionarios que deban movilizarse dentro del horario de  toque de queda o cuarentena total.

Carta de identificación

Los colaboradores  deben portar una carta o certificación emitida por la empresa o gafete.

En cuanto al modelo de la carta, esta debe incluir datos como el nombre del trabajador, cédula, puesto que desempeña, dirección de trabajo, lugar de residencia, horario de trabajo; además de información de la empresa como nombre, jefe, correo y teléfono.

 

Durante el toque de queda y cuarentena total podrán movilizarse personas naturales y empresas que porten una carta o certificación emitida por la empresa y gafete.

Compartimos un listado de las empresas que podrán movilizarse, siempre y cuando se cumpla con los requisitos. pic.twitter.com/eRwdkTyhtA — Presidencia de Panamá (@presidenciapma) December 17, 2020

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