Nacional - 17/1/25 - 07:51 AM

Municipios deben contratar guardavidas en sus áreas acuáticas

La disposición está regulada por el artículo 24 de la Ley 19 del 5 de junio, que establece las normas para el ejercicio de la profesión de salvamento acuático.

 

Por: Redacción-Crítica -

El director del Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc), Omar Smith, reiteró que los municipios que cuenten con áreas acuáticas en uso deberán programar y asignar los recursos necesarios en sus partidas presupuestarias para entrenar y contratar guardavidas, así como para proporcionarles los medios adecuados con el fin de garantizar la seguridad de los bañistas.
 

Esta medida también aplica a los hoteles de playa y establecimientos de recreación acuática.

Dicha disposición está regulada por el artículo 24 de la Ley 19 del 5 de junio, que establece las normas para el ejercicio de la profesión de salvamento acuático.

Por otro lado, el Sinaproc continúa con el  operativo  de verano, el cual se extenderán hasta el 20 de abril de 2025. Estas operaciones se llevarán a cabo en un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., con un equipo de alrededor de 180 unidades, entre voluntarios, guardavidas, paramédicos, oficiales de emergencias y personal de respuesta, distribuidos en 18 puntos de cobertura a nivel nacional


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