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Proyecto de Oydén desnuda a Mejía

El proyecto de Oydén Ortega desnuda todas las desviaciones que utilizó el magistrado de “garantías” Jerónimo Mejía para retener en la Corte Suprema de Justicia –de manera inconstitucional e ilegal- el caso pinchazos contra el expresidente de Panamá Ricardo Martinelli, a pesar de no ser diputado del Parlacen.

Trascendió que al menos 7 magistrados apoyarían la declinación del proceso a la justicia ordinaria, pero ya el Ejecutivo y sus grupos aliados han montado una campaña para presionar al pleno de la Corte.

Solo el magistrado Abel Zamorano y Luis Mario Carrasco (suplente de Mejía), quienes aspiran a ser designados en las vacantes que existen en la Corte, votarían por retener la competencia del caso en el máximo judicial.

La matriz informativa lanzada por el Ejecutivo a los medios pro oficialistas es tratar de vender la idea de que Oydén Ortega –quien había rechazado por cuestiones de forma y no de fondo- dos anteriores amparos sobre el mismo tema, había variado de opinión, lo cual es falso, porque las no admisiones pasadas fueron por cuestiones de formalidad en la presentación de los recursos.

Ayer el exmagistrado Edgardo Molino Mola –maestro de la mayoría de los abogados de Panamá- reiteró que al renunciar Martinelli como diputado del Parlacen, la Corte perdió competencia. Además, destacó que el rechazo que se dio en los dos anteriores amparos, fueron por razones de forma y no de fondo.

En su proyecto, Oydén Ortega destruye la tesis de Jerónimo Mejía de que no existe disposición que diga que la competencia de la Corte pueda variar una vez se ha presentado una acusación contra un diputado.

Ortega –en un extenso proyecto- advierte que Mejía para sustentar su criterio de competencia se remite a artículos del Código Judicial como el 233, cuando en el Código Procesal Penal hay una regulación expresa en el artículo 31 que fija la competencia de los jueces y tribunales penales para conocer de determinados procesos por razón de territorio, por la pena, por factores de conexidad y por la calidad de las partes.

Ortega advierte, además, que el artículo 39 del mismo Código le adscribe competencia al pleno de la Corte conocer de los procesos penales contra los diputados, siempre y cuando estén ejerciendo dicho cargo al tiempo de su juzgamiento, por lo que al existir una norma especial en cuanto a la regulación de la competencia en los procesos penales, no es necesario remitirse a las disposiciones del Código Judicial, toda vez que el Código de Procedimiento Penal, es el instrumento legal adecuado.

Para Ortega, una vez que Martinelli dejó de ser diputado el pleno de la Corte perdió la competencia para investigarlo y juzgarlo. Además hace referencia a una certificación con fecha del 5 de julio de 2018, donde el Parlacen confirma que el exmandatario dejó de formar parte de ese organismo desde el 27 de junio.

El magistrado reconoce el derecho de penar o sancionar que tiene el Estado, pero advierte que esa potestad debe realizarse respetando y garantizando los derechos de los ciudadanos y limitada por los principios consagrados en la Constitución Política y el Código Procesal Penal.

Oydén Ortega sostiene que de insistir en mantener el caso de Martinelli en la Corte, se violaría el debido proceso consagrado en el artículo 32 de la Constitución, que establece que nadie será juzgado sino por autoridad competente.

Además, advierte que como el proceso inició bajo las reglas del nuevo Sistema Penal Acusatorio y debe seguir en la esfera del SPA del primer Distrito Judicial y Martinelli debe ser puesto a órdenes de esa autoridad competente.

El Pleno debe votar el proyecto de Oydén Ortega después del 26 de noviembre y ya los magistrados Abel Zamorano y Cecilio Cedalise emitieron sus observaciones.

Zamorano sugiere que se concedan 20 días hábiles y no 10 para la lectura del proyecto, lo cual estima necesario por las consecuencias jurídicas de la decisión y la trascendencia del tema.

Por su parte, Cedalise sugiere discusión en el Pleno y estima que debe ser debatido profundamente. "El proyecto debería considerar aspectos alusivos a validez de la actuación desplegada por el juez de garantías dentro de la etapa intermedia, al igual que referirse a la determinación del momento que puede hacerse valer la reclamación de la falta de competencia del juez de garantías y el tribunal de juicio ante la pérdida de la condición de diputado y establecer qué autoridad debe hacer la declaración de falta de competencia”, añadió.

Algunas fuentes sostienen que todo el proceso de la fase intermedia debe ser reiniciado, ya que las actuaciones de Mejía carecían de legalidad. Otras indican que el Ejecutivo intentará presionar para que el magistrado de garantías complete el lunes 19 la fase intermedia con la admisión y rechazo de pruebas, para forzar un juicio directo de Martinelli ante un juez de garantías del SPA.

Ahora ocurre que Martinelli lleva ya 17 meses detenido y la ley es clara: ningún detenido bajo el SPA puede permanecer preso preventivamente más de un año.

Al mismo tiempo, el mandatario Juan Carlos Varela pretende convocar el 21 de noviembre a sesiones extraordinarias a la Asamblea Nacional –con la que ya retomó su pugna- para que le ratifiquen a los reemplazos de Jerónimo Mejía y Oydén Ortega, y probablemente designar al reemplazo titular de Alejandro Moncada Luna.

Varela –un colaborador del Opus Deis- dijo ayer que “no tiene ungidos”, porque “las unciones solo se dan en las ceremonias religiosas”.

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