SANCIONAN LEY QUE AUMENTA LAS PENAS A VIOLADORES
El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó la Ley 474 del 24 de junio de 2025, por medio de la cual se aumentan las penas de prisión por delitos sexuales.
La nueva norma establece que “quien mediante violencia o intimidación tenga acceso carnal con persona de uno u otro sexo, utilizando sus órganos genitales, será sancionado con prisión de 7 a 12 años. Anteriormente, la pena era de 5 a 10 años”.
Si la persona que comete este delito lo hace a sabiendas de que es enferma o portadora de enfermedad de transmisión sexual incurable o del virus de inmunodeficiencia humana, la pena será de 15 a 20 años. Antes la pena era de 10 a 15 años.
En caso de que la violación se cometa contra un menor de 14 años, con discapacidad, abuso de su posición, o alguien que no pueda consentir el acto, las penas van de 12 a 18 años; antes era de 10 a 15 años.
Si la víctima tiene más de 14 años y menos de 18 años, la pena es de 8 a 12 años de prisión (antes era de 2 a 4 años de prisión).
Los actos libidinosos pasan a tener penas de entre 2 a 4 años, y se aumentarán de 4 a 8 años si hay agravantes.