Opinión

El derecho a precios a la vista

La ley 45 de 2007 establece que todos los bienes que se ofrecen en un determinado local comercial, deben tener en forma clara, precisa y en un lugar visible el precio al contado de los mismos.

Si los consumidores que acuden a cualquier establecimiento comercial, no ven el precio del artículo o servicio que desean adquirir, entonces desconocen el monto a pagar, por lo que es una falta a la transparencia del agente económico o comerciante hacia sus clientes.

Cifras de la Acodeco revelan que la falta de precios a la vista es la segunda irregularidad que regularmente cometen los agentes económicos en todo el país.

Los consumidores deben exigir el derecho a la información de precio, y denunciar a los que se oponen al mismo. Asimismo, hay que reportar aquellos casos donde no atiendan su reclamo, cuando  al adquirir un producto, cuyo precio es anunciado en el anaquel, y al pagarlo el lector de código de barras e registra un precio mayor. Además, la ley de protección al consumidor  señala que "...En caso de que un producto tenga más de un precio marcado por el proveedor, prevalecerá el menor, y el proveedor estará obligado a venderlo con ese precio...".

Durante visita al recién reinaugurado Mercado de San Felipe, nos percatamos de la falta de precios a la vista de los productos, en muchos puestos de venta. Teníamos que preguntar, para así conocer quien mantenía el mejor precio. Al recomendar a algún vendedor que anunciara el precio, nos miraba con desconfianza, ignorando o en una clara infracción a la ley.

Esto es un solo ejemplo de lo que acontece en el mercado nacional, ya que si mencionamos todos aquellos locales, como las abarroterías, minisúper, ventas de autos usados, ferreterías, entre otros, tener precio a la vista es como si fuera un pecado comercial.  Incluso en algunos supermercados, hay ocasiones en que el precio brilla por su ausencia y cuando el producto tiene un precio menor a otros, lo quitan a la vista y ni el lector de código o verificador de precio lo tiene registrado.

Los agentes económicos, que gozan de la libre oferta y demanda, no tienen ningún motivo para incumplir con informar sobre los precios de sus productos o servicios que ofrecen, a menos que tengan temor a la libre competencia.

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