Comercios podrán recibir CEPANIM y usarlos para reducir sus obligaciones
El proyecto también establece que las deudas acogidas a este mecanismo no generarán multas, recargos ni intereses.
La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, aprobó en primer debate el proyecto de ley 663, que busca facilitar la circulación y uso de los Certificados de Pago Negociable por Interés por Mora (CEPANIM) como medio de pago.
La iniciativa, propuesta por el diputado Javier Sucre, establece que comercios, empresas, personas naturales y jurídicas, así como instituciones públicas, podrán recibir los CEPANIM al 100% de su valor nominal a cambio de bienes y servicios.
Uno de los principales cambios contempla que, desde el 1 de enero de 2027, quienes acepten estos certificados podrán utilizarlos como crédito fiscal para cubrir hasta el 65% del Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente a saldos acumulados por pagar al 31 de diciembre de 2025.
El proyecto también establece que las deudas acogidas a este mecanismo no generarán multas, recargos ni intereses, además de permitir una deducción o amortización en la determinación de la renta gravable, bajo las regulaciones que establezca la Dirección General de Ingresos (DGI).
La propuesta incorpora además los CEPANIM al Código Fiscal como un instrumento fiscal compensatorio liberatorio y faculta a la DGI para reglamentar su acreditación digital o endoso tributario.
Según sus proponentes, la medida busca dar liquidez a los beneficiarios de estos certificados y dinamizar la economía, al permitir que el sector privado pueda recibirlos y utilizarlos posteriormente para reducir sus obligaciones tributarias.
Durante la sesión, la comisión también aprobó crear una subcomisión para analizar el proyecto de ley 494, que propone establecer un marco para evaluar los subsidios, exoneraciones e incentivos otorgados por el Estado a organizaciones y personas naturales o jurídicas.
