Defensoría advierte riesgo para estatus de Coiba ante reapertura de penal
La institución informó este sábado que mantiene vigilancia sobre el traslado de 29 detenidos al Parque Nacional Coiba, área que desde 2005 cuenta con la categoría de Patrimonio Mundial de la Unesco
La Defensoría del Pueblo informó este sábado que mantiene vigilancia sobre el traslado de 29 detenidos al Parque Nacional Coiba, área que desde 2005 cuenta con la categoría de Patrimonio Mundial otorgada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Mediante un comunicado, la entidad señaló que la Ley 44 de 26 de julio de 2004, que creó el Parque Nacional Coiba, establece en su artículo 28 que, una vez concluyera su uso como penal, el área y las edificaciones pasarían a ser parte de los bienes de la entonces Autoridad Nacional del Ambiente, hoy denominada Ministerio de Ambiente, y que serían administrados por el Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba.
La normativa también dispone que, las personas privadas de libertad que permanecían en el referido penal debieron ser trasladados a otras áreas a más tardar un año después de la fecha de entrada en vigencia de la referida Ley, es decir, 29 de julio de 2005.
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La Defensoría recordó además que la Ley en su artículo 5 prohíbe la construcción de infraestructuras de bajo impacto que no sean para el apoyo sostenible al ecoturismo o para la realización de actividades científicas sujetas a lo que disponga el Plan de Manejo.
Y destaca que la Dirección Nacional de Ambiente de este Instituto Nacional de Derechos Humanos comprende los esfuerzos que en materia de seguridad adelantan las autoridades competentes, pero advirtió que el cierre del Centro Penitenciario de Coiba fue un compromiso simbólico internacional del Estado panameño.
"Su reapertura puede comprometer la condición de Patrimonio Mundial ante LA UNESCO", añade la institución.
Asimismo, reiteró la importancia de garantizar los derechos de las personas privadas de libertad en virtud de lo que ordena la Ley 55 de 30 de julio de 2003 “Que reorganiza el Sistema Penitenciario”, el Decreto Ejecutivo No. 393 de 25 de julio de 2005 “Que Reglamenta el Sistema Penitenciario Panameño” y las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas de Mandela).
