Desde el 1 viene cortadera de luz

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Desde el 1 de febrero, las empresas de distribución eléctrica podrán suspender el servicio de energía a las personas que mantengan facturas acumuladas por dos meses de consumo. La moratoria por este servicio venció el 1 de junio de 2020 y los usuarios debieron haber hecho un acuerdo para pagar lo adeudado hasta esa fecha en un plazo de tres años.

La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) destaca que las empresas de distribución han girado repetidas notas y han advertido las implicaciones financieras y operativas con reducción de ingresos por baja demanda, así como por los retrasos y falta de pagos.

En la práctica, la moratoria venció el 1 de junio y muchos usuarios -gran parte de ellos con contratos suspendidos- no han pagado al menos por 8 meses el servicio de energía eléctrica, que puede ser suspendido cuando registra un atraso de dos meses.

Además se advierte que ya se han ordenado la apertura de la mayoría de los bloques comerciales, por lo que las empresas de distribución pueden reanudar la gestión de cobros de las sumas adeudadas o aplicando la suspensión del servicio.

Esas disposiciones están contenidas en la resolución No.16592 del 21 de enero de 2021 expedida por la ASEP.

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