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Italo le pega hasta con el banquillo a magistrados del Tribunal Electoral

El exdefensor y del Pueblo y constitucionalista, Italo Antinori dijo que los magistrados del Tribunal Electoral lo han dejado perplejo al alegar que el reparto de curules por cociente, medio cociente y residuo, no cumple con el mandato constitucional desde que se inició la nueva era democrática.

El doctor Antinori pregunta ¿quiénes lo propusieron, lo reglamentaron, lo propiciaron, lo prohijaron, lo apoyaron, lo amamantaron y lo impulsaron? Para nadie es un secreto que fue el propio Tribunal Electoral quien siempre abogó y mantuvo el sistema de cociente, medio cociente y residuo en la forma indebida e impropia como se interpreta y aplica en Panamá.

Antinori relata que el sistema de cociente, medio cociente y residuo en el sistema electoral panameño viene desde 1925 después de la invasión con un actual magistrado (Eduardo Valdés), se mantuvo.

Sucesivamente, con el transcurso de los años, se produjeron reformas que el propio Tribunal Electoral defendió en la Asamblea Nacional como una fórmula buena, aceptable y conveniente de repartición de curules por cociente, medio cociente y residuo hasta la última del 2017 que estableció el actual artículo 403 del Código Electoral que instituyó nuevamente la fórmula de cociente, medio cociente y residuo con el denominado voto "plancha", por lo que entendemos que se mantiene igual y será el sistema de escrutinio que se aplicará en las próximas elecciones en los circuitos plurinominales.

El propio Tribunal destacaba que "los cambios introducidos por la última reforma electoral...son los más importantes y profundos realizados a la fecha, que se pueden sintetizar en la medida en que se han establecido límites y parámetros importantes por primera vez, que favorecen la equidad, la transparencia y la justicia."

Sobre el reparto de curules por cociente, medio cociente y residuo, manifestaron concretamente: estamos de "acuerdo, porque es un avance importante."

Antinori pregunta si el Tribunal Electoral en el 2017, manifestó simpatía, adhesión y respaldo a la fórmula aprobada por la Asamblea Nacional ¿cómo es que ahora alegan que dicha fórmula es inconstitucional y que no cumple con ese mandato constitucional, desde que se inició la nueva era democrática?

Si la Asamblea Nacional en el Proyecto 544 está manteniendo la fórmula vigente del actual Código Electoral en el artículo 403 (aprobado por la Ley N° 29 de 29 de mayo de 2017), ¿cómo es que el Tribunal Electoral la consideró apropiada y conveniente en su momento y ahora la objeta y la rechaza? Esas contradicciones y ambivalencias no las comprendemos porque sentimos y percibimos que de forma aviesa pretenden hacernos creer ahora, algo absolutamente distinto de lo que el propio Tribunal Electoral aprobó y avaló durante años. ¿Se pretende jugar con la capacidad de discernimiento, reflexión y análisis de las personas?

Para Antinori, lo más conveniente es un sistema de lista cerrada y bloqueada con un circuito nacional y un método de escrutinio proporcional a los votos que cada colectivo político obtenga.

El exdefensor del Pueblo también expresa preocupación que el proyecto de reformas electorales que presentó el Tribunal Electoral haya pretendido reformar más del 50% de los artículos del Código vigente. Cualquier persona sensata pensaría que, si cada cinco años se presentan reformas electorales, es para hacer algunos retoques y cambios muy precisos que ajusten y mejoren el sistema, pero al hacerse reformas profundas, lo lógico que queda entonces es pensar que lo aprobado en el 2017, estaba errado, tenía graves falencias y era incorrecto. Si ésa fuera la lógica del pensamiento, dejaría muy mal la calidad y la capacidad del Tribunal Electoral en el ejercicio de sus funciones.

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