Nacional - 18/4/26 - 11:23 AM

Mulino anuncia reunión para analizar decreto que regula plataformas digitales

Este jueves se publicó en Gaceta Oficial el decreto que reglamenta el servicio de transporte terrestre público selectivo de lujo solicitado a través de tecnologías de la información y comunicación, con tarifas especiales pagadas electrónicamente y en efectivo.

 

Por: Redacción/Crítica -

El presidente de la República, José Raúl Mulino, anunció que revisará el Decreto Ejecutivo 10, que regula el transporte por plataformas digitales en el país.

Mulino informó que el lunes se reunirá la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y el Ministerio de Gobierno para analizar el decreto.

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"He estado leyendo muchas opiniones sobre Decreto Ejecutivo 10. Lunes me reuniré con autoridades de ATTT y @MinGobPma para revisar todos esos puntos de vista", manifestó el mandatario en su cuenta de X.

Por otro lado, dejó claro "No estamos para perjudicar a nadie y se busca mejorar con seguridad el servicio".

Este jueves se publicó en Gaceta Oficial el decreto Ejecutivo No. 10 del 16 de abril de 2026, que reglamenta el servicio de transporte terrestre público selectivo de lujo solicitado a través de tecnologías de la información y comunicación, con tarifas especiales pagadas electrónicamente y en efectivo.

El decreto presenta cambios significativos para las personas que ofrecen este servicio. De acuerdo con el documento, los conductores deberán ser panameños y contar con licencia tipo E-1.

Además, el auto deberá contar con un Certificado de Operación para la modalidad de Taxi de Lujo (TL), y el aval de la organización de transporte autorizada (prestataria) a la que pertenece, según la zona de trabajo donde opera con su respectiva nomenclatura, para el control, supervisión y fiscalización por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.

Por otro lado, el auto tendrá que presentar buenas condiciones físicas, mecánicas y de comodidad, tales como aire acondicionado y cinturón de seguridad. No podrá contar con más de siete años de antigüedad al momento de iniciar la prestación de este servicio. El cobro, en tanto, se hará de forma electrónica o en efectivo.