Mulino sanciona ley que exonera del ITBI viviendas nuevas
La Ley 546 elimina el impuesto sobre los primeros B/.120,000 y establece una escala preferencial para viviendas de hasta B/.200,000.
El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó este 31 de agosto la Ley 546 de 2026, que modifica las reglas del Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) para la primera venta de viviendas nuevas.
La norma establece una exoneración sobre los primeros B/.120,000 de la base imponible y crea un esquema de tasas preferenciales para las operaciones de compraventa de viviendas cuyo valor supere esa cifra y no exceda los B/.200,000.
La medida fue impulsada por el Órgano Ejecutivo con el propósito de facilitar el acceso a la vivienda y estimular la actividad de la construcción, uno de los sectores vinculados a la generación de empleo.
Aprobación en la Asamblea
La iniciativa fue presentada por el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, aprobada previamente por el Consejo de Gabinete y posteriormente discutida en la Asamblea Nacional.
El proyecto recibió 53 votos a favor, cinco en contra y una abstención durante su aprobación en tercer debate, el pasado 26 de agosto.
Durante el acto de sanción, Mulino estuvo acompañado por el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, y por Chapman.
¿Cómo queda el ITBI para las viviendas?
La Ley 546 dispone que los primeros B/.120,000 contemplados en la base imponible estarán exentos del ITBI.
Cuando la operación de venta supere esa cantidad y no exceda los B/.200,000, el impuesto se aplicará únicamente sobre la porción que exceda los B/.120,000, utilizando una escala preferencial.
Las tasas establecidas son las siguientes:
- De más de B/.120,000 hasta B/.130,000: 0.50%.
- De más de B/.130,000 hasta B/.150,000: 1.00%.
- De más de B/.150,000 hasta B/.170,000: 1.40%.
- De más de B/.170,000 hasta B/.190,000: 1.60%.
- De más de B/.190,000 hasta B/.200,000: 1.80%.
También incluye una disposición para permisos anteriores
El articulado contempla condiciones para que determinadas primeras operaciones de venta de viviendas nuevas puedan acogerse al beneficio fiscal incluso cuando el permiso de ocupación haya sido expedido antes de la entrada en vigencia de la ley.
En esos casos, la operación deberá cumplir con las condiciones y plazos establecidos en la nueva normativa.
Las compraventas formalizadas antes de la entrada en vigencia de la Ley 546 continuarán rigiéndose por las disposiciones que estaban vigentes al momento en que fueron formalizadas.
Impulso a la compra de viviendas y la construcción
Al presentar la iniciativa, el ministro Felipe Chapman sostuvo que la modificación busca reducir la carga tributaria asociada a la adquisición de una vivienda y facilitar el acceso de las familias a una propiedad.
El Ejecutivo también ha vinculado la medida con el impulso a la industria de la construcción, un sector considerado importante para la economía nacional y la generación de empleos.
