‘Sub’ del Inac debe pagar data de su bolsillo

La institución reveló que una investigación interna confirmó que existe un estado de facturación que refleja un excedente por el uso de “data roaming”.
‘Sub’ del Inac debe pagar data de su bolsillo

‘Sub’ del Inac debe pagar data de su bolsillo

Por: Aneldo Arosemena/ Crítica -

El subdirector del Instituto Nacional de Cultura (Inac), Francisco Guerrero, debe pagar por el supuesto uso excesivo del servicio de “data roaming” con una empresa telefónica local, reveló un comunicado de la institución oficial.

Según el comunicado del Inac, una investigación confirmó que existe un estado de facturación que refleja un excedente por el uso de “data roaming” en la línea telefónica asignada al subdirector de la institución, y aunque no revelaron el monto, extraoficialmente se señala que son $19 mil.

La nota puntualizó que la entidad no ha autorizado el pago del gasto generado por el uso de “data roaming” y que corresponderá a Guerrero asumir la deuda ante la empresa telefónica, sin que esto perjudique o interfiera cualquier otra acción disciplinaria que se tome al respecto.

Así mismo, expresaron: “(…) habiendo circulando en redes sociales un comunicado emitido por el subdirector de la institución, deseamos aclarar que el mismo fue emitido a título personal, por consiguiente, bajo ninguna circunstancia debe entenderse dicho comunicado como una nota oficial y aclaramos que el mismo no refleja la posición del Inac”.

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Antes de la nota oficial, Guerrero publicó un comunicado en el que pide disculpas a la ciudadanía por la demora en dar una explicación por el hecho y señala que el 7 de octubre del 2015 dio instrucciones para que la empresa de telefonía celular desactivara el servicio de “roaming” al número de teléfono celular asignado a la subdirección general, lo que fue reiterado el 1 de julio de 2016.

Agregó que el 21 de junio del 2018 se le comunicó sobre un estado de facturación correspondiente a un año y medio en el que se refleja un excedente mensual considerable en razón del uso de “data roaming”.

Empero, el Inac aclaró en la nota oficial que el uso de un servicio, inclusive si la suspensión del mismo ha sido solicitada previamente, conlleva la obligación de pagarlo.

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