¡Al fin! Justicia para Samaris y para José. Condenan a sus asesinos
La Fiscalía de Colón logró dos condenas: 25 años de prisión por el femicidio de Samaris Navalo y 20 años por el homicidio de un menor de 15 años. Ambos casos ocurrieron en la provincia.
Panamá- Dos hombres fueron condenados en Colón por dos casos distintos: uno a 25 años de prisión por femicidio y otra de 20 años por el homicidio de un menor de 15 años.
En el primer caso, el Tribunal de Juicio Oral emitió una condena de 25 años de prisión para un ciudadano por el delito de femicidio, en perjuicio de Samaris Liseth Navalo Espinosa, de 20 años.
En el segundo, el Tribunal de Juicio condenó a un ciudadano a 20 años de prisión y pena accesoria por la comisión del delito contra la vida e integridad personal, en perjuicio de José Alveo, un menor de 15 años de edad.
El caso de femicidio
Este hecho ocurrido a eso de las 11:00 p. m. del 23 de febrero del 2023, en el sector de Altos de Los Lagos, corregimiento de Cristóbal. Ese día, el sentenciado se acercó a los predios del multifamiliar L-65, donde se encontraba la ciudadana, y posteriormente, le disparó más de 10 veces, asesinándola.
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Durante el desarrollo del juicio oral, la Sección Especializada en Homicidio y Femicidio de la Fiscalía Regional de Colón, presentó las pruebas periciales, testimoniales y documentales correspondientes, logrando que el Tribunal declarara culpable al imputado.
Además, se le impuso la pena accesoria que le prohíbe portar armas de fuego por 10 años una vez cumplida la sanción principal.
El caso del menor
El segundo caso tuvo lugar el 16 de junio de 2024 en el sector de Puerto Escondido, provincia de Colón, donde el imputado interceptado al menor y le realizó detonaciones con arma de fuego, matándolo.
Los antecedentes
El imputado fue aprehendido el 31 de julio del 2024 mediante diligencia de allanamiento en el sector de Puerto Escondido y para ese entonces, mantenía una condena de 76 meses de prisión por el delito de pandillerismo y se le había otorgado el beneficio de libertad vigilada por estudio; sin embargo, la incumplió.
En este caso, se impuso como pena accesoria la prohibición de porte de armas de fuego por igual término de 20 años.
