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Antinori: dejen el odio, no cabe ningún recurso en caso de "RM"

El Dr. Italo Antinori reiteró la vigencia del artículo 179 del Código Procesal Penal, establece puntualmente que contra la decisión a favor del exmandatario de Panamá, Ricardo Martinelli, del tribunal en el segundo juicio del caso pinchazos, no cabe recurso alguno, por lo que su contenido y sentido queda en firme.

Solo dos abogados: el exfiscal de la causa y exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Harry Díaz (quien se saltó la imputación en dicho proceso), y el querellante Carlos Herrera Morán, se han atrevido a decir que contra la decisión del Tribunal de Juicio, caben recursos.

Antinori destacó que el párrafo final del artículo 179 del Código Procesal Penal, establece puntualmente que: “Cuando se ordena la celebración de un nuevo juicio en contra del imputado que haya sido absuelto por la sentencia recurrida, y como consecuencia de este nuevo juicio resulta absuelto, dicha sentencia no es susceptible de recurso alguno”. (El subrayado y resaltado es nuestro).

Elexdefensor del Pueblo señala que eso significa:

1-. Que la resolución dictada donde se declaró al expresidente Ricardo Martinelli como “no culpable” es final, definitiva y obligatoria.

2. Contra tal decisión –según lo establece el precitado artículo– no cabe recurso alguno, por lo que su contenido y sentido queda en firme.

Italo Antinori dijo que "al margen de las consideraciones jurídicas anteriormente expresadas, queremos manifestar que debemos evitar el despliegue del odio, la crispación, la protervia y el rencor. Aceptar los resultados judiciales –nos gusten o no– es consustancial a vivir en un Estado de Derecho y promueve la paz social. Con odios incontrolables y paroxismos desenfrenados, no se puede reconstruir un país, porque el odio destruye, jamás construye".

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