Jubilados y pensionados podrían recibir $140 adicionales al año

En esta propuesta se establece que fondos para este nuevo beneficio procederán de un impuesto adicional que se fijaría a la producción para el consumo de bebidas alcohólicas.
Jubilados y pensionados podrían recibir $140 adicionales al año

Jubilados y pensionados podrían recibir $140 adicionales al año

Por: Redacción / Web -

Panamá- Los jubilados y pensionados podrían recibir 140 dólares al año si el Proyecto de Ley 964 es aprobado en tercer y segundo debate en la Asamblea Nacional de Diputados.

En esta propuesta presentada por el diputado Javier Sucre, se establece que los fondos para este nuevo beneficio procederán de un impuesto adicional que se fijaría a la producción para el consumo de bebidas alcohólicas, es decir, que no de saldría las arcas del programa Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y de Riesgos Profesionales de la Caja de Seguro Social (CSS).

El diputado Javier Sucre, proponente de la iniciativa que ya pasó el primer debate ante la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea, explicó que de ser aprobada como ley, se les estaría entregando a los jubilados y pensionados, adicional a lo que ya reciben por parte de la CSS, B/50 en abril, otros B/ 50 en agosto y B/ 40 en diciembre.

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Desde el punto de vista de Sucre, al  aumentarle unos centavos a la  industria de los licores esta no se verá afectada, ya que la venta y consumo de licores a  nivel nacional ha ido creciendo. "Por unos centavos adicionales que tenga que pagar el consumidor, este no va a dejar de adquirirlo", dijo.

Por su parte, Guillermo Cortez, dirigente de los pensionados y jubilados, catalogó el proyecto como 'justicia para ellos, por lo que estará muy pendiente de que esta iniciativa sea aprobada.

Estas bonificaciones o beneficios permanentes estarán a cargo del Tesoro Nacional, por medio del Ejecutivo que debe incluir en el Presupuesto General del Estado las partidas correspondientes que serán asignadas, con el monto incrementado del impuesto selectivo al consumo para las bebidas alcohólicas en dos centésimas (B/.0.02) establecido en el Artículo 7-A de la Ley 45 de 1995 y actualmente es de cuatro centésimas y medio de balboas (B/.0.045), por cada grado de contenido de alcohol por litro de bebida.

Con la nueva propuesta se pasará del 0.045 a 0.065, por lo que con el Artículo 7-A de la Ley 45 de 1995 modificado podría ser revisado cada dos años por el Órgano Ejecutivo, en caso de excederse los límites del impuesto selectivo al consumo para las bebidas alcohólicas.

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