Deportarán a 8 extranjeros condenados por falsificación de documentos

La sentencia fue reemplazada por días multa, por lo cual los condenados deberán pagar en total $7,150 dólares.
Los sentenciados serán deportados y no podrán ingresar a Panamá nunca más.

Los sentenciados serán deportados y no podrán ingresar a Panamá nunca más.

Por: Redacción / Web -

Ocho extranjeros de diferentes nacionalidades fueron condenados a 16 meses de prisión, cada uno, mediante acuerdos de pena, por delitos contra la fe pública, en su modalidad de falsificación de documentos en general.

La Sección de Delitos contra la Fe Pública, de la Fiscalía Metropolitana, logró demostrar ante el juez de Garantías la culpabilidad de los españoles, cubanos, estadounidenses y colombianos, vinculados a este caso, y a quienes se les declaró legal la aprehensión y se les imputaron los cargos por los cuales fueron condenados.

La sentencia fue reemplazada por días multa, por lo cual los condenados deberán pagar en total $7,150 dólares. Este cambio fue adoptado, debido a que se trata de condenas menores a los 4 años de prisión y porque las personas involucradas no tenían antecedentes penales, según se acreditó a través de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol).

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Durante la audiencia, el juez ordenó el decomiso de 40,007 dólares, los cuales no fueron declarados a fisco panameño, más otra cantidad de cientos de miles de Euros.

El juez también ordenó la deportación inmediata de los 8 condenados y además se les impuso un impedimento de entrada al país de manera permanente.

Los ahora sentenciados fueron aprehendidos durante este mes de agosto, en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, procedentes de los Estados Unidos y otros de Colombia, tras ser detectados por el personal de la Autoridad Nacional de Aduanas, al declarar solo una parte del dinero que ingresaban al país.

Los delitos contra la fe pública, en dichos casos, conllevan sanciones hasta los 4 años de prisión, como lo establece el Código Penal en su artículo 375-A: “quien al momento de ingresar o salir del país, omita declarar o declare cifras que no correspondan con el dinero, valores o documentos negociables que porte en cantidad superior a la suma de $10,000 será sancionado con prisión de 2 a 4 años y con el decomiso del dinero, valores o documentos negociables no declarados”.

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