Propina: Acodeco reitera que no es obligatoria
El año pasado, los consumidores elevaron 14 quejas por este motivo, destaca la entidad.
¡Preste atención! Si usted va a un restaurante tiene que saber que la propina o gratificación por el servicio no es obligatoria, así lo reiteró la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
De acuerdo con la institución, así lo establece la Ley 45 de 2007, artículo 56, que menciona la información de precios. Por ejemplo, si al acudir a un restaurante a degustar de un rico platillo, y al solicitar la cuenta, le agregan la propina al total del consumo, usted no está obligado a pagarla, ya que la modificación a la ley, así lo contempla.
Hace aproximadamente 9 años que la Ley 34 de 2 de agosto de 2016 modificó dos artículos de la Ley 45 de 2007.
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El porcentaje de la propina va a depender a lo que considere el consumidor como lo justo, en función del servicio prestado, la atención y la calidad en el servicio.
Jaime Guzmán, jefe del Departamento de Investigación de la Acodeco, señaló que el año pasado, los consumidores elevaron 14 quejas por este motivo, y en el presente mes no se han reportado anomalías.
Cabe señalar que las denuncias se dan principalmente cuando el consumidor observa en la estructura de la factura que no está diferenciado, el monto total de lo consumido y el monto sugerido de la propina, creando confusión.