Juicios paralelos
Por: Aneldo Arosemena
La colisión entre el derecho que tiene la sociedad a recibir información veraz, oportuna y objetiva y la reserva sumarial que necesariamente debe imperar en el proceso penal, toda vez que todo acusado es inocente hasta tanto se pruebe su culpabilidad en juicio público donde se le garantice todos los elementos a su defensa, incluyendo la presentación de pruebas oportunas y conducentes, se ve vulnerado por los llamados “juicios mediáticos o paralelos”.
Es un hecho ya estudiado, que la presión mediática influye sobre el ánimo de los juzgadores y se han dado caso en que estos fallan con base en el temor o buscando el aplauso de una opinión publica que generalmente se basa en estados anímicos subjetivos creados por la permanente presión de los medios de comunicación social.
Como bien lo analizó en su momento, desde la óptica marxista, el genial sociólogo chileno Camilo Taufic, en su obra “Periodismo y Lucha de Clases”, las noticias son mandatos y el periodismo una forma de dirección social.
Entre nosotros, el catedrático Rafael Candanedo, en su opúsculo “La Teoría del Papagallo”, allá por 1989, plantea sobre la intencionalidad del discurso periodístico, como fundamento de su pretensión, afirmando que es la falta de intencionalidad la que caracteriza el discurso periodístico y lo diferencia del discurso político disfrazado de información.
Los juicios paralelos o mediáticos, como también se les conoce, buscan la predisposición de la opinión pública en contra o a favor de determinada postura jurídica, de ellos no escapan tanto defensores como acusadores, que en ejercicio de lo que pudiéramos llamar una “legítima defensa mediática”, se ven obligados a defender a sus poderdantes en la televisión y los periódicos, más que en los tribunales.
Ojalá en vez de estos espectáculos, los juicios se surtieran en los estrados judiciales y los periodistas desde las graderías informaran con objetividad.
