Opinión - 21/10/17 - 12:00 AM

Ofertas navideñas a la vista

Por: Por: Abilio Abel González López Comunicador Social -

A inicios del presente mes, varios locales comerciales arrinconaban los útiles escolares para dar espacio a los adornos navideños y juguetes. Como se está haciendo tradicional en nuestro país, el espíritu de la Navidad se adelanta para asegurar las ventas.

Es normal que ya se promuevan ventas especiales prenavideñas con buenos precios, por lo tanto, es importante que los consumidores analicen si es necesario incurrir en estos gastos tempranamente o esperar el momento oportuno.

Sin motivar al consumismo o hacer promoción alguna a este adelanto navideño de muchos comerciantes, con base en experiencias de algunos compradores, hay productos que valen aprovechar porque tienen excelentes ofertas. Es importante revisar detenidamente cada artículo para cerciorarse de su condición y que los precios ofertados realmente reflejen la rebaja anunciada. También hay que desconfiar de aquellos artículos calificados como ‘no se aceptan devoluciones ni cambios’, aún cuando su precio sea tentador.

Recuerde que en Panamá no existe o no hay legislación sobre el derecho al retracto, capacidad que tiene el consumidor de devolver o cambiar determinado producto, dentro de un periodo limitado de días, por algún pretexto o porque se arrepintió de esta compra. Aunque no está reglamentado, hay proveedores que voluntariamente aceptan devoluciones de productos, con ciertas restricciones propias, tales como aceptar canjes de lunes a viernes y los artículos deben estar en buenas condiciones y en sus empaques originales, entre otras reglas propias.

Son pequeños detalles, pero que algunos consumidores desconocen, los cuales son vitales al presentarse alguna dificultad durante una transacción comercial. Además, hay que estar vigilante que todo anuncio publicitario sea real, de lo contrario, se debe reportar a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco). Preferentemente, es recomendable señalar en qué medio apareció el anuncio o alguna foto o copia del mismo.

Toda venta especial tiene requisitos que cumplir, la Ley 45 de 2007 sobre protección al consumidor, en su artículo 64, establece que cada artículo promovido deberá indicar, en un lugar visible del establecimiento, el precio más bajo en que haya sido vendido por el establecimiento en los últimos tres meses y el nuevo precio especial de venta. También se debe señalar, claramente, si la venta especial de los bienes o servicios es total o parcial. Estas son, entre otras, algunas normativas.

Frente a promociones y ofertas, hay que ser cautelosos, asegurando que realmente sean beneficiosas y reales. Si realiza la compra, pídale al vendedor que le explique detalladamente el funcionamiento y modo de empleo del artefacto, así como los cuidados mínimos de conservación y mantenimiento.

Revise bien el artículo y asegúrese de que no esté defectuoso o incompleto para que pueda hacer el cambio antes de pagar. Tratándose de aparatos eléctricos o mecánicos solicite que los prueben y, de esta forma, asegurarse que funcionan correctamente. Es indispensable que en casos de electrodomésticos como refrigeradores, estufas, televisores, entre otros, no deje pasar más de 15 días sin probarlos en su hogar o lugar de destino para que pueda exigir su cambio directo, en caso de algún desperfecto antes de este periodo.