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¿Te siguen por GPS tu pareja? Entre la sospecha y el delito en Panamá

Especialistas en salud mental y terapia de pareja coinciden en que la supervisión constante mediante herramientas de localización no resuelve la desconfianza, sino que incrementa la ansiedad y crea dinámicas tóxicas de control.

 

Por: Redacción / Crítica Panamá -

La desconfianza interindividual ha encontrado en los teléfonos inteligentes y las aplicaciones de mensajería un aliado tecnológico: la función de compartir ubicación en tiempo real o la instalación de software de seguimiento (stalkerware).

 En Panamá, la práctica de monitorear a la pareja para saber hacia dónde se desplaza se ha convertido en un tema recurrente de conversación social; sin embargo, en el plano institucional existe un absoluto vacío de cifras oficiales.

Hasta la fecha, ni el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), ni el Ministerio Público, ni el Ministerio de la Mujer cuentan con registros, encuestas o indicadores específicos que cuantifiquen cuántas personas en Panamá rastrean o son rastreadas de forma encubierta por sus parejas.

Sin estadísticas oficiales, pero con alertas globales

A nivel local no existen métricas segregadas sobre la vigilancia digital dentro de las relaciones sentimentales. No obstante, informes de firmas de ciberseguridad a nivel internacional señalan que las aplicaciones de monitoreo o spyware no comercial (stalkerware) han registrado incrementos sostenidos de uso en Latinoamérica en los últimos años.

En Panamá, los reportes en el ámbito legal suelen canalizarse a través de denuncias generales por violencia psicológica o violencia doméstica cuando el acoso digital escala a patrones severos de control y hostigamiento, o mediante quejas sobre vulneración de datos ante las autoridades competentes.

Implicaciones legales: Lo que dice la norma en Panamá

Aunque compartir voluntariamente la ubicación en tiempo real mediante aplicaciones de mensajería (como WhatsApp o funciones de Google y Apple) es una práctica consentida entre muchas familias o parejas por razones de seguridad personal, la intromisión no autorizada en un dispositivo ajeno constituye una transgresión legal.

En la República de Panamá, la Ley 81 de 26 de marzo de 2019, sobre Protección de Datos Personales (reglamentada por el Decreto Ejecutivo 285 de 2021), establece que los datos de localización geográfica de una persona física son considerados datos personales. El tratamiento o rastreo de estos datos sin el consentimiento expreso del titular infringe los principios de confidencialidad y legalidad establecidos por la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI).

Asimismo, el Código Penal panameño tipifica en su artículo 211 sanciones para quien, sin la debida autorización, acceda, capture o interceptar datos o comunicaciones registradas en un sistema informático o dispositivo tecnológico.

El impacto psicológico del control digital

Especialistas en salud mental y terapia de pareja coinciden en que la supervisión constante mediante herramientas de localización no resuelve la desconfianza, sino que incrementa la ansiedad y crea dinámicas tóxicas de control.

El rastreo encubierto se considera una manifestación de violencia digital cuando se utiliza para coaccionar, limitar la movilidad o intimidar a la pareja, desplazando el respeto y la autonomía personal en la relación.

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