Principios eternos
El derecho penal ha venido sedimentándose a través de centurias, sobre el presupuesto de que la persona, en este caso el sujeto pasivo de la acción punitiva, es el centro de la investigación que debe ser objetiva y cuidando en incluir en el sumario también los elementos probatorios que la exculpen de la acusación.
Así lo preceptúa el artículo 2099 del Código Judicial al señalar que “el funcionario de instrucción cuidará de hacer constar todas las circunstancias que agraven o disminuyan la culpabilidad del imputado, tanto las que se expresan en el Código Penal, como las demás que se descubran en el curso de la investigación, observando el mismo celo y exactitud con respecto a las que le favorezcan, como en relación le sean adversas”.
¿Han observado los fiscales anticorrupción esta norma?, ¡por supuesto que no!, con el reconocimiento del gobierno de Juan Carlos Varela que no hubo ningún tipo de coima en la negociación de los radares con Finmeccanica, ya Garuz y Mulino deberían estar en sus casas.
Lo que pasa es que estos fiscales, no son objetivos, sino políticos y actúan en función de la línea del Gobierno que desde el día uno de su administración iniciaron una agenda de percusión política.
Fiscales que desconocen principios tan elementales como el “indubio pro reo” (en caso de duda favorézcase al reo), “favor rei” (a favor del reo), “favor libertatis” (la libertad es la regla general), que son principios atemporales que animan el Derecho Penal.
Quizás los escucharon la Facultad de Derecho, pero al parecer, los han olvidados, obnubilados por esa agenda malsana basa en el uso de la ley para perseguir políticamente.
No dudamos de que Garuz y Mulino saldrán libres, pero que no demoren tanto, porque esa lerdera es atentatoria a los derechos humanos de los detenidos.
Recordemos que como funcionarios están sujetos al escrutinio ciudadano; si insisten en la persecución política, ya los veremos en el 2019 subiendo y bajando escaleras de despachos de instrucción porque el abuso de autoridad es delito.
