Opinión - 05/7/18 - 12:00 AM

Es obligatorio tener precios a la vista

Por: Por: Abilio Abel González Comunicador Social -

Cada vez que un consumidor acude a un local comercial para cotizar o adquirir determinado artículo o servicio, uno de los datos que más le interesa observar primero, es el precio ofrecido por el agente económico.

Es lógico suponer que ese precio se encuentre anunciado en el empaque o anaquel del establecimiento comercial. La Ley 45 de 31 de octubre de 2007 sobre protección al consumidor y defensa de la competencia, en su artículo 36, establece como una obligación del proveedor informar sobre el precio, entre otras características de un producto o servicio ofrecido.

El precio debe colocarse en forma clara, precisa y en lugar visible al público. En el caso de existir más de un precio marcado por el proveedor, prevalecerá el menor y se debe vender a ese precio.

Hace algunos días, varios compradores en un supermercado de la ciudad capital experimentaron la tarea tediosa de encontrar y acudir varias veces a los aparatos verificadores de precios, porque muchos productos carecían de los mismos. Y lo peor era que, en muchas ocasiones, esos aparatos no mostraban los precios, por no tener registrados los códigos de barra respectivos. La decepción de los consumidores era notoria, pues no podían hacer las comparaciones habituales ni guiarse de lo presupuestado para las compras.

En opinión de varias personas, consideraban esta situación irregular como una falta de respeto hacia los clientes, principalmente porque ocurría en un día cercano a la quincena donde la afluencia es mayor. Ante este hecho, le recomendamos que interpusieran sus denuncias anónimas llamando gratis al 130 o 311, donde de seguro las atenderían, porque independientemente de que existan estos aparatos verificadores de precios, es una obligación que cada producto muestre su respectivo valor.

Según datos registrados por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), en su página web, la falta de precio a la vista es la segunda anomalía más común en la que incurren los proveedores de bienes y servicios en todo el país.

Cabe destacar que la información de precios, no solo se exige para los alimentos y medicamentos, sino para toda clase de productos y servicios. Por ejemplo, artículos de limpieza, uso personal, vestuario, calzados, electrodomésticos, comidas preparadas en restaurantes, lavamáticos y lavanderías, o sea, todo lo que se exponga a la venta de los consumidores. La información de precios a la vista, especialmente en servicios, reduce la posibilidad de discriminación en contra de algunos consumidores.

No tener los precios a la vista de un producto o servicio, es una falta a la transparencia del agente económico o comerciante hacia sus clientes.