Distorsiones
Un sistema de justicia penal no puede actuar a espaldas de la realidad social en la que se inserta y las decisiones de los que administran justicia, además de constituir la aplicación del derecho al caso concreto que se investiga o juzga, también debe tomar en cuenta el sentir de la sociedad.
Sin querer erigirnos en modernos torquemadas, queremos llamar la atención a la medida cautelar distinta a la detención provisional, impuesta por un juez de garantías a favor de dos extranjeras que están presuntamente involucradas en la muerte de una panameña que se sometió a un tratamiento estético en una clínica bruja.
Hay que observar que la aplicación inmotivada, sospechosa e ingenua del garantismo que promueve el actual Sistema Penal Acusatorio (SPA), puede devenir en impunidad y fuga de los implicados; en ese sentido vale recordar cómo se escaparon unos extranjeros, sorprendidos con drogas en una embarcación en Chiriquí, cuando la juez de garantías le decretó “hotel por cárcel”.
Cómo es posible que extranjeros sin arraigo en Panamá, acusados de delitos graves, se les dé calle, mientras que a otros investigados les mandan la detención preventiva como primera medida, sin tomar en cuenta su trayectoria y vínculos con la comunidad.
Los apologistas de la injusticia dirán que se trata de dos sistemas que interactúan, el inquisitivo con fiscales abusadores y todopoderosos; y el acusatorio, donde el juez es más garantista. Pero allí está la falencia de todo el sistema que deviene en injusto.
Se hace necesario corregir estas distorsiones producto de la ineptitud, politiquería y afán de persecución en la que, dependiendo de cómo te investigan, te dan o no calle.