El Chichemito
ALO, AYU. Una nota de la vecina La Llorona del día 11 de octubre del 2017 señala la necesidad de implementar las auditorías judiciales en los juzgados municipales en Balboa, en los expedientes en los que los demandantes son bancos y mueblerías y la rapidez del trámite de los secuestros, oficios a la Contraloría, donde las demandas son admitidas y tramitadas “en el término de la distancia” una vez ingresa al juzgado.
¿Será cierto que también las financieras regentadas por la misma mueblería reciben el trato expedito?
¿Cuántas demandas por cobro de tarjetas de crédito han sido presentadas sin copia del traslado que ha admitido los juzgados municipales en Balboa?
¿Será cierto que los notificadores llegan a los ministerios señalando a la seguridad que buscan a la persona [demandada] para jurado de conciencia, para poder subir a las oficinas y sorprenderlas con la notificación?
¿Sicamoch O S.P.T.CH.S.A? Es lo que tiene confundidos a los usuarios de La Chorrera, aunado a la distancia que tiene que perder el usuario de ir hasta las oficinas a quejarse y no se recibe respuesta.
Y pareciera que a Héctor Cárdenas hay algo que come o que toma, que le hace daño y se le olvida, ya que el 28 de agosto de 2017, recibió una carta en la que se denunciaba a un chequeador, que usa uniforme de la concesionaria, radio transmisor y tiene una hora de entrada y salida.
¿Será cierto que ya es tiempo de que la Caja de Seguro Social, la Dirección General de Ingresos y el Ministerio de Trabajo auditen si efectivamente S.P.T.CH.S.A paga los impuestos de ley y se les hacen los descuentos de ley a los chequeadores, palancas y si los descuentos de ley entran a las arcas de la CSS?
¿Será cierto que la ATTT de Panamá, y no la ATTT de Panamá Oeste, deben hacer pruebas sorpresivas de antidoping y guarómetro a conductores, palancas?
ALO, AROSEMENA. Pareciera que también con el Mici de Panamá Oeste pasa lo mismo, que el ministro tendrá que enviar a funcionarios desde la capital, ya que en este sector del país, se permite el arrendamiento de las licencias comerciales tipo B a extranjeros, algo que solo puede ser regentado por panameños.