Internacionalistas: fallo del TE sobre Martinelli, era lo correcto

Internacionalistas: fallo del TE sobre Martinelli, era lo correcto

Internacionalistas: fallo del TE sobre Martinelli, era lo correcto

Por: Luis Miguel Avila / Crítica Impreso -

El abogado internacionalista Julio Berríos afirmó que el fallo del Tribunal Electoral (TE) en el que se reconoce el Principio de Especialidad a favor del expresidente de Panamá, Ricardo Martinelli, es lo “aceptable” en el Derecho Internacional.

Agregó que Panamá solo pidió la extradición de Martinelli por los delitos de: inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad; inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad en la modalidad de intercepción de comunicaciones sin autorización judicial; delito contra la administración pública en la modalidad de diferentes clases de peculado y delitos contra la administración pública en la modalidad de peculado de uso. Delitos por los que fue juzgado y declarado no culpable en dos ocasiones.

Berríos explicó que los delitos que no fueron incluidos en ese pedido de extradición, no se pueden incluir con posterioridad.

“En el pedido de extradición tenían que decirle a los Estados Unidos por cuáles delitos lo extraditaron y tenían que darle una lista de todos y pruebas de esos supuestos delitos”, sentenció el experto.

De forma clara, el doctor en Derecho Internacional añadió que las solicitudes de extradición no pueden realizarse una a una y que en un solo pedido se tenían que incluir todo.

Ante esto, el abogado Julio Berríos dijo que eso de hacer los pedido de forma individual no es factible en el Derecho Internacional y por eso comparte la tesis favorable de los magistrados del TE a favor del expresidente Ricardo Martinelli, ya que esos casos que se le quiere investigar ahora no fueron objeto de una petición por parte del Estado panameño.

Enfatizó que como los delitos son anteriores a su extradición, los mismos están “arropados” por ese Principio de Especialidad.

Otro punto que abordo el experto es que al exmandatario Ricardo Martinelli se le tiene que respetar el debido proceso y “el Estado no puede reservarse cartas ocultas, pedir extradición por un delito y guardarse otros delitos y sacarlos a relucir, eso seria una violación flagrante principio al debido proceso”.

Sittón: Lalo Valdés es dinosaurio jurídico

El también internacionalista Pedro Sittón destacó que el fallo bajo la ponencia del magistrado Heriberto Araúz, está bien estructurado, porque la revienta en la cara a un "dinosaurio" como Eduardo Valdés Escoffery diciéndole: "por 30 años se hizo así, pero en esta caso hay una variante que no has tomado en consideración: el Principio de Especialidad. Es la primera jurisprudencia, ningún caso anterior tenía las mismas similitudes" que el de Martinelli.

Pedro Sittón destacó además que la Carta Magna es clara al afirmar que las normas del Código Electoral -entre los que se incluye el fuero- son de privativa interpretación del Tribunal Electoral.

Por su parte, Alfonso Fraguela, exvicepresidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), indicó que la decisión del Tribunal Electoral, de dos a una, es “concluyente”.

Ayer el Tribunal Electoral también salió al frente sobre una desinformación que circuló en redes sociales de un supuesto pago de $150 mil al magistrado presidente, Heriberto Araúz, luego del fallo favorable a Martinelli en el que se le respetó el fuero penal electoral.

“El Tribunal Electoral desmiente una información que circula en redes sociales y en algunos medios de una supuesta transferencia bancaria de $150 mil a favor del magistrado Heriberto Araúz. Esta información es falsa. El Banco General ha desmentido la información”, señaló la entidad.

Lean el artículo 145 de la Constitución

Mientras, el abogado Sidney Sittón expresó que los "coyotes del periodismo, opinólogos incontinentes, videntes del fin del mundo, los de pensamiento de rebaño y quienes confunden ciencia con creencia" deben leer el artículo 145 de la Constitución: "Artículo 145. Las autoridades públicas están obligadas a acatar y cumplir las órdenes y decisiones emanadas de los funcionarios de la jurisdicción electoral, prestando a éstos la obediencia, cooperación y ayuda que requieran para el desempeño de sus atribuciones. La omisión o negligencia en el cumplimiento de tal obligación será sancionada de acuerdo con lo que disponga la Ley".

Sittón agregó que en Panamá hay coyotes del periodismo que escriben en Twitter: “Recibo Información… cuando lo que debe es verificar y confirmar... confunden pereza con ingenio".

Otro jurista consultado destacó que violar el principio de especialidad, el fuero penal electoral y no motivar las decisiones, atentan contra el debido proceso y esto es violar una garantía constitucional. Por menos de eso se envían Fiscales y Jueces de vacaciones y se anulan expedientes.

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