Nacional - 11/8/25 - 12:00 AM

Pleno justifica su decisión en que no tienen otras fuentes de ingreso

Por: Redacción Crítica -

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia, que preside María Eugenia López Arias, justificó, en parte, su decisión de aprobar el Acuerdo 407, por el cual se crea un Fondo de Compensaciones por Retiro para Jueces y Magistrados del Órgano Judicial, en el artículo 208 de la Constitución Política y en la necesidad de crear mejores condiciones laborales para fortalecer la “independencia” judicial.

La citada norma establece que los magistrados y jueces no podrán desempeñar ningún otro cargo público, excepto el de profesor para la enseñanza del Derecho en establecimientos de educación universitaria.

Alega el Pleno que el artículo 208 de la Carta Magna impide a los funcionarios en mención el ejercicio del comercio, así como tener cualquier otra fuente de ingreso para el Magistrado, mientras dure su periodo constitucional de 10 años.

Según el Pleno, hay una imperiosa necesidad de crear mejores condiciones laborales, “en aras de fortalecer la independencia e imparcialidad de los jueces y magistrados del Órgano Judicial y que, además, se convierta en un incentivo económico que permita el retiro de labores de los jueces y magistrados, que les ofrezca la construcción de un proyecto de vida adecuado al servicio que han brindado al país”.