Sucesos - 05/10/25 - 10:14 AM

Atropello fatal en plena madrugada en la vía Tocumen

El hecho ocurrió alrededor de las 3:00 a.m., casi frente a una empresa de producción de pinturas, ubicada a pocos metros de un puente peatonal y la estación del metro Corredor Sur.

 

Por: Redacción Web -

Panamá- Una persona —de identidad desconocida por ahora— murió en la madrugada de este domingo, luego de ser atropellada por un sedán en la vía Tocumen (Domingo Díaz), con dirección al aeropuerto.

El hecho ocurrió alrededor de las 3:00 a.m., casi frente a una empresa de producción de pinturas, ubicada a pocos metros de un puente peatonal y la estación del metro Corredor Sur.

Aún se desconoce qué sucedió con exactitud; lo cierto es que ese tramo de la vía es muy oscuro, por lo que se presume que el conductor del sedán gris involucrado en este fatal accidente de tránsito no vio a tiempo a la víctima.

El conductor y los demás ocupantes del sedán permanecieron en el lugar mientras el personal de Accidentología del Ministerio Público realizaba el levantamiento del cadáver, en conjunto con peritos del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

El artículo 133 del Código Penal establece que: Quien, culposamente, cause la muerte de otro será sancionado con pena de prisión de tres a cinco años. Si del hecho resulta la muerte de varias personas o la muerte de una persona y la lesión de otras personas, la sanción será de tres a seis años de prisión. 

Esta pena será aumentada hasta dos terceras partes cuando: 

1. El autor sea un conductor de transporte público, colectivo o selectivo, y cometa el hecho durante la prestación del servicio. 

2. El autor cometa el hecho mientras conduce un equipo de carga pesada, corrosiva, inflamable o se trate de una sustancia de cualquier naturaleza o que su acción o difusión resulte peligrosa. 

3. El autor cometa el hecho mientras conduce un vehículo bajo los efectos de las bebidas alcohólicas, alucinógenas, o sustancias que de cualquier forma sean alteradoras de sus facultades síquicas y/o fisiológicas. 

4. El hecho ocurra por omisión o negligencia de las personas en quienes recaiga la obligación de garantizar las medidas de seguridad para los trabajadores y transeúntes, en las áreas de construcción".