Castigo para exhibicionistas. ¡7 años de cárcel!
El proyecto busca modificar el Código Penal e incluye el artículo 179 A, que establece penas de 1 a 2 años
El exhibicionismo sexual en espacios públicos podría convertirse en delito grave en Panamá, con sanciones que van desde 1 hasta 7 años de prisión, según el proyecto de ley N° 169, presentado por el diputado Manuel Cheng y aprobado hoy en la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.
La iniciativa, que fue acogida por la Comisión de Gobierno de a Asamblea Nacional de diputados, fue presentada por el diputado Manuel Cheng, busca penalizar los actos de exhibicionismo en lugares públicos o accesibles.
Se proponen tres niveles de sanción, dependiendo de dónde y frente a quién se cometa el acto.
Las penas van desde 1 año hasta 7 años de prisión:
- En público general: 1 a 2 años de prisión.
- En áreas protegidas (escuelas, hospitales, transporte): 2 a 4 años de prisión.
- En presencia de menores: 4 a 7 años de prisión.
Casos recientes
Se han registrado exhibicionistas en baños de centros comerciales y transporte público, muchos viralizados en redes sociales, generando vergüenza y alarma.
No es moralismo
El diputado Cheng asegura que la medida no es moralista, sino una herramienta legal para proteger a la ciudadanía y sancionar esta conducta.
Prevención y sensibilización
El proyecto también incluye programas de prevención y sensibilización a cargo de los Ministerios de Seguridad Pública, Educación y Desarrollo Social.