Diputados insistieron y aprobaron ley de cuestionados incentivos fiscales

Diputados insistieron y aprobaron ley de cuestionados incentivos fiscales

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La Asamblea Nacional aprobó ayer en tercer debate el proyecto 888 de incentivos fiscales en la construcción de hoteles en el interior del país. Hubo 38 votos a favor y 8 en contra.

Las leyes 314 y 122 que otorgaban escandalosos incentivos de créditos fiscales por $3,000 millones a proyectos turísticos. Con las leyes se reconocían primero hasta 100% de créditos fiscales y luego se redujo a 60% del valor total de nuevos proyectos de hospedaje público o ampliaciones de los existentes.

Entre los proyectos figuraban Construcciones y Edificaciones San Miguel Arcángel (en Changuinola) por $456 millones, DB Hotel Residence promovido por el exprecandidato presidencial del PRD, Guillermo de Saint Malo Eleta con $232 millones y otro proyecto en esa misma área y con el mismo grupo recibiría $26 millones. También figura el de Inmobiliaria Palma Bonita (Veracruz) de José Manuel Bern, con créditos fiscales por $155 millones.

Los diputados alegaron que no era conveniente eliminar de tajo los incentivos fiscales turísticos contemplados en la Ley 80 de 2012, porque se afectaría las inversiones de proyectos hoteleros en el interior que se acogieron a estos beneficios.

Se reconocerá como crédito fiscal el 60 % del valor total del proyecto, excluyendo el valor de la finca y la infraestructura del Plan Maestro, más un 5 % del valor a reconocer de la infraestructura de ese Plan, declarada ante la ATP.

Ese crédito fiscal podrá ser reconocido y aplicado, anualmente, a partir del segundo año de la inversión hasta un 50% del Impuesto Sobre la Renta causado; además que podrá ser cedido por la totalidad o la porción no utilizada, independientemente de si han transferido o no las acciones, bonos y demás instrumentos financieros emitidos.

Para las empresas u hoteles cuyo Registro Nacional de Turismo haya vencido entre el 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2019, se habilitará la vigencia de estos a fin de que se les mantengan los incentivos establecidos en sus registros hasta el 31 de diciembre de 2025.

El proyecto original advertía que no se afectaban los derechos y obligaciones de aquellas

empresas turísticas y sociedades de inversión inmobiliarias que, de acuerdo a las

condiciones y requisitos señalados en la ley vigente y sus reglamentaciones, hayan

presentado un proyecto para acogerse a sus beneficios.

Se advertía que a las personas naturales o jurídicas que a la entrada en vigencia de esta Ley, cuenten con el respectivo estudio de impacto ambiental y la autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá para la emisión de los bonos, acciones y demás instrumentos financieros, se les reconocerá como crédito fiscal el 100 % del valor total del proyecto declarado ante la Autoridad de Turismo de Panamá, excluyendo el valor de la finca y las deudas o inversiones que la empresa turística o sociedad de inversión haya realizado antes de la entrada en vigencia de la presente Ley, de conformidad con las normas vigentes al momento de su expedición.

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