Nacional - 26/9/21 - 12:00 AM

ATTT reitera con placas serán por 5 años

Por: Yorlenne Morales Crítica -

La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre publicó en Gaceta Oficial la Resolución que extiende la vigencia de las placas únicas definitivas de los vehículos y unidades de arrastre, particulares y oficiales, correspondiente al periodo 2021, por cinco años hasta el 2025.

El documento establece que cada propietario debe cumplir anualmente con todos los requisitos para obtención de placa y distintivo aun cuando no le corresponda el cambio de la placa, conforme a lo estipulado en el artículo 21 de la Ley 15 de 1995, modificado en el artículo 2 de la Ley 214 de 2021 , que cada año se proporcionara una calcomanía, la cual, como factos diferenciadores, variara en cuanto al color, siendo estos en su orden de prelación, verde (2021), amarillo (2022), ocre (2023), azul (2024) y verde lima (2025).

Se mantendrá el mismo orden de prelación en cada quinquenio en lo sucesivo.

La presente resolución se debe aplicar a todos los vehículos y unidades de arrastre, nuevos o usados, que sean registrados en la Dirección Nacional de Registro Único de Vehículos Motorizados, entre los años 2022 y 2025.

La Escuela Vocacional de Chapala, mantendrá las mismas dimensiones, color, nomenclatura y calidad, establecida por la fabricación de las placas (latas), correspondientes al periodo 2021, con la variante que, en atención al año en que el vehículo o unidad de arrastre sea registrado, cada placa llevara en su parte inferior centrado, troquelado en alto relieve y entintado en color negro, el número correspondiente a dicho años seguido del último año de vigencia de la placa , a saber: año 2022 “2022-2026”, año 2023 “2023-2027), año 2024 “2024-2028), y año “2025-2029”.

Establece además mantener la suma de $5.00 el costo de la placa de circulación, suma que se aplicará en su totalidad al rubro de calcomanías en los años en que al vehículo o unidad de arrastre, no le corresponda renovación de su placa metálica, en virtud de lo ordenado en el artículo 3 de la Ley 214 de 4 de mayo de 2021.