Nacional - 04/3/26 - 12:00 AM

MINREX certifica vigencia del principio de especialidad a favor de Martinelli

Una certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX) confirma que el exmandatario sigue amparado por el principio de especialidad, lo que impediría juzgarlo por delitos no incluidos en la solicitud de extradición.

 

Por: Redacción Crítica -

La audiencia ordinaria del caso Odebrecht ha incurrido en supuestas violaciones al principio de especialidad del expresidente Ricardo Martinelli, contenido en el artículo VIII del Tratado de Extradición entre Panamá y Estados Unidos (EE. UU.), vigente desde 1904, que establece que la persona en cuestión solo puede ser juzgada por los delitos contenidos en la petición de extradición.

Una reciente certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá (MINREX) confirma que el exmandatario aún se mantiene amparado por el principio de especialidad.

El abogado Carlos Carrillo Gomila, durante la fase de alegatos, presentó la nota emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores el pasado 11 de julio de 2024, en la que dicha entidad detalla puntualmente que no recibió ninguna solicitud por parte de la Fiscalía Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación ni de la Fiscalía Primera Especializada contra el Crimen Organizado, con la finalidad de que se levantara el principio de especialidad a Martinelli en los casos Odebrecht y New Business, respectivamente.

Defensa solicita absolución y levantamiento de medidas cautelares

El MINREX reiteró que es el único conducto competente para tramitar excepciones al principio de especialidad, como se expuso en un fallo de la Corte, lo que sustenta lo dicho por la defensa en el acto de audiencia: Ricardo Martinelli no podía ni puede ser parte de un juicio que persigue un delito ajeno a los contenidos dentro del acuerdo de extradición. Por ello, solicitaron su absolución, el rechazo de la solicitud de acción civil y el levantamiento de las medidas cautelares interpuestas.

Según Carrillo, la confusión que existe en torno a este amparo se debe a que, cuando Martinelli fue declarado “no culpable” en el caso Pinchazos, la exprocuradora Kenia Porcell interpretó junto a su equipo que su salida del país sería una causal para perderlo; no obstante, el amparo de este principio de especialidad solo se pierde si el exmandatario hubiera renunciado voluntariamente a él, hubiera viajado a Estados Unidos o si el juez que lo confirió lo retirara, situaciones que, hasta la fecha, no han tenido lugar.

“La entonces procuradora no podía usurpar funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores e interpretar que no existía el derecho de especialidad que le fue notificado al Estado panameño por los Estados Unidos”, afirmó.

Señalan que la jueza debe respetar competencias del MINREX

Dicho principio, de acuerdo con el jurista, debe ser respetado por la jueza Baloisa Marquínez, porque ella no puede pasar por encima de las competencias del MINREX en la emisión del fallo del caso Odebrecht.

Sostuvo que las autoridades no pueden interpretar el tema para emitir un juicio sin que haya una convalidación con quienes establecieron los parámetros del tratado; de lo contrario, se estaría incurriendo en un irrespeto a lo pactado entre ambas naciones (Estados Unidos y Panamá).

“¿Para qué tenemos un tratado si no se va a aplicar en cuanto a su tenor literal por las autoridades? Esto es inaceptable y afecta la imagen de la República”, sentenció.

Extradición no incluyó blanqueo de capitales, según defensa

La solicitud de extradición presentada por Panamá no incluye dentro de los cargos el blanqueo de capitales, por lo que, al juzgar a Ricardo Martinelli por un delito distinto, se violentaría el principio de especialidad. Además, desde Estados Unidos no se ha recibido formalmente ninguna aprobación para eliminar la especialidad existente.

El exmandatario también se refirió al tema, afirmando que le han fabricado e inventado dos casos para inhabilitarlo políticamente y mantenerlo fuera del país.

Espera que la Corte Suprema de Justicia de Panamá (CSJ) le haga justicia, ya que las instancias inferiores se la han negado, tergiversando el amparo al que tiene derecho y al que accedieron las autoridades tras su extradición.