Solicitan a la CSJ revisar sentencia en el caso de Azucarera Nacional, S.A.

La parte demandada solicita tomar en cuenta que el proceso dio por válida un acta que contenía un claro error.
Solicitan a la CSJ revisar sentencia en el caso de Azucarera Nacional, S.A.

Solicitan a la CSJ revisar sentencia en el caso de Azucarera Nacional, S.A.

Por: Redacción / Web -

Debido a las reiteradas deficiencias en el desarrollo del proceso que se le sigue al panameño Eric Arturo Delvale Narbona, se solicitó a la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la revisión de la sentencia en su contra por los supuestos delitos Contra la Fe Pública (Falsedad Ideológica).

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Este proceso, que inició en 2013 y por el cual fue condenado en abril de 2016 por el Juzgado Sexto -sentencia confirmada por el Tribunal Superior y posterior por la CSJ-, se basa en una supuesta acta de Junta de Accionistas de Azucarera Nacional, S.A. que en su parte resolutiva contiene una certificación suscrita por Delvalle Narbona, actuando como secretario ad hoc de la reunión, en la cual se señala erróneamente que la misma es copia oficial y exacta del Acta de Reunión de Junta de Accionistas de la sociedad Energía del Istmo, S.A. (es decir, no de Azucarera Nacional, S.A.). 

Sin embargo, este documento contenía ese error y por lo tanto nació inválido, además, esta acta fue solicitada por el agente administrativo del préstamo y elaborada por sus abogados.

Luego de dar a conocer este error, se aplicaron todas las acciones correctivas, que incluyeron el reemplazo total de la fianza otorgada por Azucarera Nacional, S.A., quedando esta empresa liberada de toda responsabilidad frente al fiduciario y acreedores del préstamo. Con este hecho, cualquier posibilidad de perjuicio queda extinguida.

Como queda claro, se realizaron las acciones correctivas a través de diligencias y la aportación de pruebas en cada instancia, y ahora dentro de la solicitud de Revisión con nuevas pruebas, demuestran que la sentencia con la que he sido condenado por Falsedad Ideológica no se sustenta legalmente, razón por la cual los hechos no acreditan las sanciones contempladas en el Artículo 366 del Código Penal”, argumenta Delvalle Narbona.

Por este caso, el afectado también hace hincapié en que es inexplicable cómo un acta errada fue notariada y luego calificada e ingresada al Registro Público, sin que estas instancias lo hayan advertido, ni se les pidiera explicación alguna durante el proceso.

Por otro lado, se informa que en el proceso judicial le han dado valor probatorio al documento descrito como acta de Azucarera Nacional, S.A., cuando el mismo nunca ha tenido una firma sobre dicha sociedad para hacerlo válido.

Narbona detalla también lo siguiente: “En todo momento he actuado de buena fe, sin intención alguna, colaborando activamente con las autoridades. Por ello, en la Revisión Penal solicito el análisis legal objetivo de cada uno de los elementos aportados en la seguridad de que ese escrutinio evitará la confirmación de una condena injusta”

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