Magistrados del TE han analizado fondo en fallos sobre fuero penal

Este fallo de los tres magistrados demuestra que se entró a debatir el fondo por lo que no se ha roto la jurisprudencia del Tribunal Electoral, sino que se sigue actuando respetando el derecho de los amparados.
Magistrados del TE han analizado fondo en fallos sobre fuero penal

Magistrados del TE han analizado fondo en fallos sobre fuero penal

Por: Redacción / Crítica -

Los magistrados del Tribunal Electoral, Heriberto Araúz y Alfredo Juncá, no han roto la jurisprudencia, como plantearon el Contralor de la República, Gerardo Solís y la ex candidata presidencial Ana Matilde Gómez, con la relación a entrar a analizar el fondo en la solicitud de levantamiento del fuero penal electoral al expresidente Ricardo Martinelli.

El 9 de enero del 2015 un fallo del Tribunal Electoral, negó el levantamiento del fuero penal electoral a Gerardo Felipe Solís Díaz, tras una denuncia presentada en el 214 por Honorio Quesada De Palacios por los supuestos delitos de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, asociación ilícita para delinquir.

En el fallo que fue de manera unánime y que lleva la firma de los entonces magistrados Erasmo Pinilla,Eduardo Valdés Escoffery y Humberto Araúz, indica que "este tribunal considera que la denuncia interpuesta por Honorio Quesada de Palacios, carece de suficientes elementos de fondo para el desafuero de Gerardo Felipe Solís Díaz, por lo que no es viable la solicitud de la procuradora Ana Belfón.

Los magistrados del Tribunal Electoral de esta manera no accedieron a la solicitd del levantamiento del fuero penal electoral a Solis, quién fue postulado por el Partido Revolucionario Democrático como candidato a la vicepresidencia de la República.

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Este fallo de los tres magistrados demuestra que se entró a debatir el fondo por lo que no se ha roto la jurisprudencia del Tribunal Electoral, sino que se sigue actuando respetando el derecho de los amparados.

Los magistrados, Pinilla, Valdés y Araúz, firmaron en el 2015 un fallo donde niega la solicitud de levantamiento de fuero penal electoral al candidato a diputado Euribiades Vladimir Herrera De León a petición del Fiscal Electoral Primero del Segundo Distrito Judicial de Panamá.


El fallo indica que la denuncia desde el principio estaba viciada por la mala voluntad de personas que querían afectar la candidatura de Herrera De León.

En el 2018 también de forma unánime los magistrados Eduardo Valdés Escoffery, Alfredo Juncá y Heriberto Araúz, le negaron la solicitud de levantamiento del fuero penal electoral a Roberto García, del Partido Revolucionario democrático, por supuestamente hacer proselitismo utilizando recursos del Estado.

Los magistrados consideraron que la acusación fue desprovista de elementos concluyentes, no se trata que se haga únicamente una afirmación para que se levante el fuero penal electoral.

También hay jurisprudencia de un caso contra Gloria Machado, miembro del partido Cambio Democrático y donde tampoco se le levantó el fuero que gozaba.

El Tribunal Electoral en cada uno de estos fallos ha reiterado que se puede levantar el fuero electoral cuando las investigaciones sumariales , no constituyan un mecanismo judicial de persecución contra un candidato o candidata, sino que se fundamenten con hechos al margen del correspondiente proceso electoral.

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