Actos en servicio policial y en legítima defensa
La Fuerza Pública de Panamá es la principal herramienta del Estado para mantener la estabilidad interna del país y el orden público. La fuerza laboral son hombres y mujeres que trabajan a diario arriesgando su vida. Como es el caso reciente de un elemento que con un arma blanca, atacó a 3 policías, con la intención de herirlos, no había otra intención. El policía se defendió en acto de servicio y neutralizó la amenaza.
Panamá después de 35 años (8 gobiernos democráticos) no dispone de una ley de la legítima defensa. No hay delito ni pena cuando se actúa en defensa propia. Estas acciones deben de tener una ley especial que proteja el uso de la fuerza letal en actos de servicio como fue el caso.
Ahora esta unidad de policía perderá de su tiempo libre cumplir con toda la burocracia de las investigaciones y quedará con un récord policivo que le metió un plomazo en la pata a un agresor, como si fuera una civil más que se defendió de la agresión.
Esta situación debe corregirse. Señor Ministro de Seguridad es su deber y responsabilidad blindar a su personal cuando en cumplimiento del deber y en actos de servicio, tengan que defenderse como ha habido muchos otros casos recientemente.
La agresividad aumentada por consumo de drogas, es un factor mayor de riesgo al servicio, esta situación debería ser revisada por el bien del policía. No es solo quedarnos en retóricas de cambio de lema de la policía, no es suficiente para aumentar el respeto al uniformado.
Modernizar la Fuerza Pública pasa por el liderazgo actual del Ministro hacia abajo y de toda la cadena de mando. Debe elevar una solicitud de una ley de protección del servicio de policía en acciones de servicio.
Recuerdo un caso del 2011 cuando sucedieron muchos motines. Mi experiencia cuando estuve preso en la cárcel Modelo viví el nivel de violencia que se genera dentro de un penal cuando hay un motín. Cualquier cosa puede pasar,
Dentro de un penal de menores provocaron un incendio y para contenerlos la Policía usó granadas de gas lacrimógeno, que por sus componentes químicos aumentaron el incendio, ya provocado por los amotinados. Como es el procedimiento de la época y la tardanza de los bomberos hubo fallecidos. No fue intencional, fue la consecuencia de la acción policial en servicio. Fueron condenados a 46 años de cárcel.
No hubo consecuencias en la cadena de mando del momento. ¿Quién autorizó y ordenó el uso del gas?. Resultaron condenados los mandos subalternos. Hay que corregir este mal procedimiento.
Los menores de edad involucrados en este grave motín fueron puestos en libertad rápidamente. Poco tiempo después de los sobrevivientes, uno mató al padrastro, otro también cometió homicidio. No eran unos angelitos. No aprendieron la lección.
La justicia tiene que ser igual para todos. Imponer estas largas condenas a policías en actos del servicio, es un resabio del odio a la era militar. Y manda una mala señal a la tropa, que no solo se enfrentan a los criminales, sino a la desprotección de sus superiores cuando las cosas no salen bien, cuando enfrentan situaciones de riesgo y hay heridos o muertos. Esto es inaudito en un país donde no hay condenados por casos graves de corrupción.
El 14 de abril se celebra el día del Policía Nacional en Panamá. Debería promulgar un decreto de reducción de penas a los policías, condenados por actos del servicio. Incluyendo el caso de los 3 policías condenados a 46 años por una acción sin intención de matar a elementos criminales detenidos que se amotinaron.
