Diputado Cedeño: Corte debió debatir Principio de Especialidad
A criterio del diputado y abogado Ernesto Cedeño, la discusión de la acción, centrada en la violación al Principio de Especialidad, debió ventilarse en el fondo y, por lo tanto, admitirse.
La no admisión por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a la demanda de inconstitucionalidad contra la sentencia del caso New Business, presentada por el equipo legal del expresidente Ricardo Martinelli, vuelve a dejar en evidencia las fallas del sistema.
A criterio del diputado y abogado Ernesto Cedeño, la discusión de la acción, centrada en la violación al Principio de Especialidad, debió ventilarse en el fondo y, por lo tanto, admitirse.
Cedeño llegó a esta conclusión tras leer las 21 páginas de la sentencia que no admite la demanda de inconstitucionalidad sobre el tema de la especialidad. "El Pleno de la Corte debería haber admitido la manda con base en el principio de informalidad que está recogido en la Constitución y debió analizar el tema en el fondo", expuso.
En este sentido, el letrado advirtió que la CSJ ha venido inadmitiendo demandas de inconstitucionalidad por temas que deberían fallarse en el fondo, ante lo cual se ha quejado por escrito con todos los magistrados.
El abogado subrayó que, aunque tiene su personal apología del caso de Martinelli, es solo su teoría, pero la Corte debe garantizar la justicia constitucional.
Otros expertos en la materia también han advertido que la discusión de la especialidad que ampara a Martinelli se ha discutido en la sede de la legalidad (Juzgado de Liquidación Penal y en el Tribunal Superior de Liquidación Penal) y no en la sede constitucional, como debería ser.
El Principio de Especialidad, contenido en el artículo VIII del Tratado de Extradición de 1904, establece que una persona extraditada solo puede ser juzgada por los delitos especificados en la solicitud de extradición. El mismo está respaldado por la Convención de Montevideo de 1933, de la cual Panamá y Estados Unidos son signatarios.